miércoles, 26 de julio de 2017

COMUNICADO nº 46 DEL CONVENIO DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADO Y DE LA OPINIÓN PUBLICA.





martes, 25 de julio de 2017

COMUNICADO nº 45 DEL CONVENIO DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADO Y DE LA OPINIÓN PUBLICA.


Firmeza y decisión: UGT no piensa rendirse ante la Empresa


Madrid, 18 de Julio de 2017

Firmeza y decisión: UGT no piensa rendirse ante la Empresa

Antecedentes


Conviene recordar que en el acuerdo del SIMA de 7 de diciembre de 2015 entre la empresa y CCOO se explicitaba una especie de punto final si no se lograba cerrar lo que estaba pendiente del Convenio de Grupo de Tecnocom. Allí se decía: En caso de no alcanzarse un acuerdo en alguna de las Materias durante la Tercera Fase, ambas partes se obligan a someterse a un arbitraje en el sistema de solución autónoma de conflictos SIMA.”

El 20 de Abril la empresa (PE) nos informa de que la CNMV ha autorizado la OPA de Indra sobre Tecnocom, y que este proceso implica un posible cambio o modificación de la dirección actual de Tecnocom, una vez se completen la adquisición y la integración aludidas. La PE propone a la Parte Social (PS), ese 20 de Abril, la suspensión temporal de las negociaciones de la CTH, retomando las mismas una vez se estabilice y clarifique la situación actual de la compañía. La fecha que se propone para retomar las negociaciones es el mes de septiembre de 2017 –OTRA PRORROGA MÁS– Tras años de congelación salarial y con posturas inamovibles de la Dirección, la PS se opone y anuncia que movilizará a los trabajadores

Como los trabajadores sabéis, pues fuisteis los protagonistas, fueron muchos comunicados PARA REIVINDICAR lo siguiente en 7 movilizaciones por todo el territorio estatal:

       Mantenimiento del empleo tras la compra por INDRA
       Mantenimiento de las condiciones laborales reguladas en nuestros Convenios Colectivos
       Incremento salarial del 7% en dos años (3,5% para 2016 y 3,5% para 2017), universal y consolidable para todos los trabajadores, con objeto de recuperar el poder adquisitivo perdido en más de 9 años en TES y 13 en TTE sin subida salarial colectiva.
       Jornada laboral máxima anual de 1766 h anuales + 50 horas de libre disposición (que son las actuales condiciones de TES), para todos los trabajadores de las empresas del antiguo grupo Tecnocom


El 28 de Junio se presentaron en Miguel Yuste a la PS a las nuevas interlocutoras de Relaciones Laborales por parte de Indra, quienes solicitan una nueva prórroga -¡¡¡OTRA MÁS!!!- hasta el 31 de diciembre de 2017 para poder estudiar los temas pendientes y las propuestas planteadas. La PS, con la mayoría absoluta de CCOO al frente, no acepta el plazo de prórroga y decide llevar a arbitraje los 7 puntos del Convenio de Grupo pendientes de llegar a un acuerdo en la CTH: Turnicidad y nocturnidad; Formacion; Prevención; Remuneracion (Estructura Salarial); Régimen Disciplinario; Antigüedad y Jornadas especiales Latinoamerica

¿Qué han firmado en el SIMA el 11 de Julio?


CCOO presenta papeleta de mediación para el arbitraje en el SIMA y nos convocan el día 11 de Julio. La empresa alega que no se ha podido entrar a negociar las 7 materias pendientes porque la RLT se empeñaba en negociar la subida salarial universal y ajustar la jornada de los trabajadores de TTE a la de los de TES.

En nuestra opinión, la actuación de la mediadora fue claramente parcial en favor de la Compañía, amparándose en excusas formalistas. El resultado fue que CCOO y CGT renuncian ir a arbitraje, en contra de lo acordado con el resto de RLT, y en su lugar conceden la prórroga que ya solicitó la empresa, con fecha límite hasta el 28 de Noviembre, para tratar únicamente las 7 materias antes mencionadas.

Además se establecen unos calendarios de reuniones presenciales. Se establece un sistema de negociación encorsetado en base a materias estancas, cada día se negocia una materia y se levantará acta de acuerdo o desacuerdo. Cabe esperar que en una negociación se puedan evaluar y compensar costes y beneficios de distintas materias y hacer concesiones en alguna de ellas a cambio de mayores beneficios en otras. Bueno, pues aquí no, aquí se prevé una negociación materia por materia al más puro estilo “porque yo lo valgo”. Con estas premisas parece un sistema condenado al fracaso.

¿Por qué van a arbitraje si luego acaban concediendo la prórroga que propuso la PE el 28 de junio? Creemos que CCOO, como organización con la mayoría absoluta y la responsabilidad de las negociaciones, lo ha hecho mal, muy mal. Firmó un primer acuerdo en el SIMA que solo convenía a la PE y se equivocó gravemente en el planteamiento de esta segunda reunión, también en el SIMA. Tras 3 años de reuniones de CTH, no se ha conseguido ni mover a la Dirección ni tener fuerza para ir a un arbitraje. Todos podemos cometer errores, pero en este caso la responsabilidad final es de CCOO al disponer de mayoría absoluta en la mesa, pero lo que queda claro, y así lo queremos transmitir a todos los trabajadores, es que ASÍ NO PODEMOS SEGUIR. Primero, la nefasta Dirección de TECNOCOM (no queremos recordar episodios más propios de patio de Monipodio que de una empresa seria, como aquellos de Colombia); y ahora, la nueva Dirección de INDRA, que desde finales de abril a finales de Junio no han tenido a bien hacerse cargo de los asuntos pendientes en Tecnocom y resolverlos llegando a acuerdos negociados con la parte social para recuperar lo que en la época negra de Tecnocom se nos impidió disfrutar.

¿Cúal es la posición de UGT y qué proponemos?


Ahora toca buscar una salida a la situación creada para retomar la lucha por las reivindicaciones arriba señaladas, QUE PARA UGT SON IRRENUNCIABLES. Creemos que tenemos que mantener la palabra dada, y aportar coherencia, firmeza y criterio.

En paralelo a las negociaciones a las que nos obliga lo firmado en el SIMA el 11 de julio, UGT VA A SOLICITAR LA APERTURA EN PARALELO DE UNA MESA AD HOC PARA LA SUBIDA SALARIAL Y LA JORNADA.

UGT ha mantenido la decisión que se nos pidió para ir al arbitraje, al que nos adherimos en pro del bien común para los trabajadores de Tecnocom. Y adicionalmente dejamos claro que no renunciábamos ni por asomo a la revisión salarial del 7% universal y consolidable y la unificación de la jornada a 1766h anuales + 50HLD para todos los trabajadores de Tecnocom.

Pero un mínimo de coherencia, respeto y lealtad a los trabajadores nos obligaba a UGT a FIRMAR EN DESACUERDO el acta del SIMA del 11 de julio. Otros sindicatos consideraron, según sus puntos de vista, que no había otra opción que plegarse a la petición de prórroga de la empresa, renunciaban al arbitraje y no exigían como paso previo lo que era obvio, la revisión del salario universal y consolidable y la unificación de la jornada. Uno de los valores que tenemos es mantener la palabra dada, y aportar coherencia, firmeza y criterio.

En nuestro criterio, esas 7 materias pendientes del Convenio de Grupo tienen en estos momentos un nivel inferior de importancia frente al empleo, la integración en INDRA o la subida salarial.


Lo que de verdad importa a los trabajadores de Tecnocom, son las condiciones de una posible integración/fusión en INDRA, la revisión salarial del 7% universal y consolidable y la unificación de la jornada a 1766 h anuales + 50 HLD para todos los trabajadores de Tecnocom.

Desde UGT PEDIREMOS UNA MESA PARA NEGOCIAR LA SUBIDA SALARIAL Y LA JORNADA ANUAL.

Se AVECINAN tiempos complicados, donde se va a requerir una representación sindical comprometida con el mejoramiento de los derechos laborales de los trabajadores.

UGT va a seguir manteniendo ese compromiso. Tener en cuenta que sois vosotros, con vuestros votos en las JORNADAS ELECTORALES los que delegais vuestra representatividad en los sindicatos. UGT QUIERE SEGUIR APORTANDO SERIEDAD Y ESPERANZA. UNA VEZ MÁS, OFRECEMOS A LOS TRABAJADORES UN LUGAR DE PARTICIPACIÓN Y LUCHA POR NUESTROS DERECHOS, POR LOS DE TODOS.


jueves, 6 de julio de 2017

BOLETIN UGT – JUNIO 2017

05 de Julio de 2017


BOLETIN UGT – JUNIO 2017

               INDICE





1.    Largas Jornadas de Verano


Hoy os relatamos lo que técnicamente se conoce en el sector como otra nueva “granca” de CCOO en Tecnocom. Los que estéis en cliente ya os podéis olvidar de la jornada intensiva de verano, y de compensación alguna. Haréis el horario del centro de trabajo del cliente y sólo si pasáis de la jornada máxima anual o de las 9 horas diarias será cuando se os compensen horas extraordinarias.

La mayoría absoluta que tiene CCOO en Tecnocom se cambia en las urnas a la hora de votar. Por eso os hemos venido pidiendo apoyo para que vosotros mismos forméis listas alternativas. Hasta la fecha no ha podido ser ni en Valencia, ni en Zaragoza, ni en Tarragona, ni en Gerona, ni en Castellón, ni en Murcia, ni en La Coruña, ni en Bilbao ni en Sevilla. Hasta dentro de 4 años si es que aún estamos aquí, no hay nada que hacer.

El artículo 2.6 del Convenio Colectivo de TTE, TES y TSA ha decaído ya que su vigencia se limitaba a los años 2014 y 2015 (¿Por qué negoció eso CCOO con su mayoría absoluta). Dicho artículo se refería al personal que desempeña el trabajo fuera de las oficinas de la compañía.

2.6 Compensación de extensiones de jornada en cliente, durante la jornada de verano.
Los empleados vinculados al horario del cliente que desempeñen su trabajo fuera de las oficinas de la compañía, que no puedan realizar la jornada de verano, a los cuales no se les puede aplicar Distribución Irregular de la Jornada, y cuya jornada semanal durante ese periodo supere las 35 horas, tendrán derecho a una compensación económica con el concepto «Plus por no disfrute de jornada de verano»:
 •  Cuatro euros por cada día que no realicen jornada de verano.
 •  La liquidación de estas cantidades se realizará en el mes de septiembre.

La empresa, una vez cerrado el año, entregará a la Comisión de Interpretación del Convenio, una relación nominal de las personas que han realizado estas jornadas en verano, con el número de horas anuales realizadas.

Este apartado será de aplicación y vigencia en 2014 y 2015, exclusivamente

Al haber decaído dicho apartado y quedar sin regulación en el Convenio de Tecnocom lo referente al mencionado personal desplazado a otra empresa por razón de servicio, alguno de vosotros pensará que se estará a lo regulado en el Convenio del Sector “XVI Convenio colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública”, que en su apartado 20.7 establece que:

“Todo trabajador desplazado a otra empresa por razón de servicio, se atendrá al horario del centro de trabajo de destino, si bien en cuanto al cómputo de las horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en su empresa de origen.”

Pero no es así, el Inspector de trabajo ya indicó que el 84.2.c) del Estatuto de los Trabajadores marca una jerarquía para ciertas materias, entre las que se encuentran el horario y la distribución de la jornada, según la cual se da prioridad al Convenio de Empresa frente al Sectorial Estatal, y en este caso los negociadores (CCOO con su mayoría absoluta) han regulado expresamente en el Convenio de Empresa que no aplique nada pasado el 2015 a los trabajadores que desempeñan su trabajo fuera de las oficinas de la compañía.

Artículo 84. Concurrencia.
2. La regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa, que podrá negociarse en cualquier momento de la vigencia de convenios colectivos de ámbito superior, tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias:
c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.






Cabe recordar que el pasado 27 de Abril en el seno de la Comisión Técnica de Negociación la empresa solicitó que se reflejase en acta que La PE ha propuesto la prórroga del art. 2.6 mostrando así su voluntad para que se compensen las extensiones de jornada en cliente.

_______________________________________
De: Buzón, Sección Sindical CCOO
Enviado: jueves, 9 de junio de 2016 14:33
Para: Canal Sindicatos-Empresa; Buzón, Sección Sindical CGT; Buzón, Sección Sindical UGT; Buzón, Sección Sindical CIG; Buzón, Sección Sindical ELA
Cc: Gutiérrez Lorenzo, Francisco Tomás
Asunto: RE: REVISION PE ACTA Nº 33

Buenas tardes,
Nos parece correcto el añadido, siempre y cuando conste también el siguiente:

“La PS considera insuficiente la propuesta de la PE de prorrogar el art. 2.6 Compensación de extensiones de jornada en cliente durante la jornada de verano, ya que este artículo solo regula los horarios en clientes en jornada de verano.
Por otra parte la PS considera que los excesos de jornada mensuales producidos en aplicación de  este artículo deben retribuirse como horas extra dentro del año en que se producen, debiendo aparecer esta apreciación en este artículo.”

Saludos,

Sección Sindical Estatal de Grupo de Tecnocom


De: Canal Sindicatos-Empresa
Enviado el: miércoles, 08 de junio de 2016 17:53
Para: Buzón, Sección Sindical CCOO; Buzón, Sección Sindical CGT; Buzón, Sección Sindical UGT; Buzón, Sección Sindical CIG; Buzón, Sección Sindical ELA
CC: Canal Sindicatos-Empresa; Gutiérrez Lorenzo, Francisco Tomás
Asunto: REVISION PE ACTA Nº 33

Buenas tardes,

Para la firma del Acta nº 33 por la PE, debe constar en la misma, el siguiente texto en el punto de “Negociación”, al final del primer párrafo:

“La PE ha propuesto la prórroga del art. 2.6 y quiere saber qué han decidido”

Ya que efectivamente se dijo en la reunión.

Con esa modificación se procedería a la firma del acta.


 Un cordial saludo,
Pero va CCOO y no contento con ello requiere que además se indique que todo lo que sobrepase de las 35 horas semanales sea compensado como Hora Extra (cosa que no aparecía en el 2.6). Y la empresa dice que no. De forma que con este intercambio de CCOO no se prorroga el artículo 2.6 y CCOO decide llevar a la empresa al inspector de trabajo por este asunto.
El inspector tira de convenio y se atiene a la letra del mismo, observando que el artículo 2.1 sobre el Horario sólo aplica a las oficinas de Tecnocom.
2.1 Jornada laboral y Horarios
Este apartado estará sujeto a revisión.
El horario laboral oficial de las oficinas de TES, TTE y TSyA será:
a) Verano: Del 1 de Julio al 31 de Agosto, ambos incluidos. Horario:
·        De 8:00 a 15:00 de lunes a viernes
Lo mismo que el artículo 1.2 sobre el ámbito territorial de aplicación
1.2 Ámbito Territorial
El presente convenio Colectivo será de aplicación en todos los Centros de Trabajo existentes en el territorio nacional, que pertenezcan a las empresas TES, TTE y TSyA.
Indica el Inspector que para el resto de trabajadores fuera de las oficinas de Tecnocom no aplica este horario y se estará al cómputo de jornada anual de 1785 horas en TES (1800 en TTE) y las 9 horas máximas diarias tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 34.1 y 34.3.
¿Qué como lo hemos sabido? Porque el Inspector a resultas de una denuncia que interpuso UGT por no cumplir correctamente la empresa el preaviso de 5 días con la regulación de la Distribución Irregular de la Jornada y por falsear la documentación entregada a mes vencido a un colectivo en concreto de trabajadores, el Inspector da la razón a UGT y requiere a la empresa rectificar, y adicionalmente nos incluye el informe de lo ocurrido en su reunión con CCOO.


En la siguiente página veréis la conclusión del Inspector
Aquí tenéis la perla de lo que ha conseguido CCOO para vosotros:
Esto significa que los trabajadores que no estén en las oficinas de Tecnocom tendrán que hacer el horario del centro de trabajo del cliente, ya no necesitan aplicarte la Distribución Irregular de la Jornada regulada en el Convenio Colectivo para que te quedes por las tardes en verano. ¡¡¡Gracias CCOO!!! Con representantes como estos, ¿quién necesita enemigos?
Las opciones son dos,
OPCION 1: Que sea una torpeza por parte de CCOO en Tecnocom, a pesar de todos sus años de experiencia, formación y dedicación en exclusiva a labores sindicales en Tecnocom.
OPCION 2: Que fuese un baile a dos entre CCOO y la empresa, y les hayan facilitado, escenificando todo este proceso ante inspección de trabajo, conseguir reducir el coste de la compensación de la distribución irregular de la jornada en verano de más de trescientas personas. De 381 trabajadores con DIJ en 2016 hemos pasado a 137 en 2017. ¿A cambio de qué? Nunca lo sabremos. Esta opción supondría canjear un perjuicio directo para los trabajadores a cambio de algo. Eso se lo preguntáis a CCOO, de ser esta la opción que responde a lo realmente ocurrido.
¿Cuál de las dos es peor? ¿Cuál de las dos les hace seguir siendo merecedores de vuestro apoyo en Tecnocom?
Algunos os preguntáis que porqué criticamos tanto a los representantes de CCOO en Tecnocom. Esto no es una crítica, esto son hechos. Por nuestra parte no deja de sorprendernos que les sigáis votando. Ante eso no tenemos nada que decir, más que respetarlo. En democracia la minoría acertada ha de aceptar lo que decida la mayoría equivocada.




2.    Portavoces de nadie


Desmentimos rotundamente que CGT sean los portavoces ante la plantilla de la agenda de UGT. Desmentimos rotundamente cualquier información que os hecho llegar CGT sobre quien, cuando y con quien se ha reunido UGT. De la agenda de UGT es UGT quien os informará. Nada de lo que os ha hecho llegar CGT sobre las acciones de UGT ha sido ni consultado a UGT, ni confirmado por UGT ni por nadie que asistiese a dicha reunión. ¿Qué sabrá CGT de quienes han estado asistiendo a las reuniones en Indra por UGT? Absolutamente nada. Así que ni caso a los de la pataleta porque no tienen agenda en el sector ni nadie que les reciba.

Andan diciendo por ahí que si nadie de UGT ni CCOO de Tecnocom han participado en reunión alguna con el señor Martorell o el señor Cabello. No tienen prueba alguna para afirmar eso ni lo contrario, desconocen absolutamente quienes hemos asistido o dejado de asistir a dichas reuniones. Y es más, desconocen que en UGT nos es indiferente quien vaya a una reunión, quien va son las personas designadas por UGT  y en nombre de UGT y con el mandato de UGT.

Hacen afirmaciones para crear confusión cuando dicen que nuestra propuesta de protocolo de fusión más que reivindicaciones para los trabajadores, son una retahíla de prebendas y más prebendas para los representantes sindicales. En nuestro protocolo de fusión de siete apartados, sólo uno, el quinto, habla sobre Representación Sindical (lo podéis cmprobar porque os enviamos copia), y es que sin una garantía de la representación sindical difícilmente pueda existir el resto en negociación colectiva. Y añaden con la boca pequeña que la fusión no se ha anunciado siquiera, ¿de verdad ahora vienen con esas? ¿Entonces a qué vino todas las recientes movilizaciones promovidas por ellos si no es por el miedo a la fusión y al hipotético ERE que “no se había anunciado siquiera”? Dicen que les parece lamentable que hayamos presentado ese documento. Lo terrible es que tras quejarse por todo y criticarlo todo, y sin correr ningún riesgo, no aportan ninguna alternativa, quédate con eso.

Dicen que no ven la causa-efecto que tuvo la reunión de UGT con el Presidente para que luego se reuniese con toda la RLT a la vista de cómo le fue la reunión con UGT. Sin embargo no dicen qué razón de ser tiene que el Presidente o el CEO de una multinacional como Indra baje al barro a presentarles a la RLT a la nueva Dirección de RRHH. Ninguna. Que digan cuantas veces antes de dicha reunión se ha reunido CGT con el Presidente de Indra o bien con el antiguo Presidente de Tecnocom, Lalo Azcona. Que lo digan, y si pasan de cero veces no se desmoronará su razonamiento.

¿Cómo esperan que les abran las puertas y quieran reunirse con ellos? Dedicarse a perseguir al Presidente de Indra por los pasillos voceando su nombre a voz en grito hasta acorralarle en el retrete y gritarle “Martorell, que quiero hablar contigo” mientras la otra persona hace sus necesidades fisiológicas, no parecen formas. CGT estaba convocada el viernes y el Presidente les sacó este episodio y los que allí estaban de CGT no sabían dónde meterse.

Pero vamos, que se lucen, en el comunicado que envían cambian los cargos de las personas que indican. Realmente Alejandro Lucena era el Director de RRLL, y Dolores la Directora de RRHH. Es decir, al revés de como lo dicen. Y además, que ninguno de los dos ostenta ya ese cargo. Y a la nueva Directora la llaman María, cuando es Marta y le ponen la etiqueta de RRLL cuando es de Legal. Total, qué más da si es casi lo mismo y nadie se fija…

En fin, como vale todo para ellos, y la falta de veracidad y rigor es lo único que aportan, sólo os podemos decir, que cuidado con la falta de rigor y el vale todo.



3.    Denuncia en Inspección por la Adenda


El día 21 de marzo fuimos citados al despacho del inspector de trabajo a tener un careo con la empresa tras nuestra denuncia por el asunto de la Adenda.

El inspector nos da la razón a UGT en que la firma debe ser voluntaria entre las dos partes del contrato (trabajador y empresa). La empresa alega que a nadie se le pone una pistola en la cabeza a lo que mostramos como prueba su correo de 2 de noviembre donde indican que debe ser firmado “os pedimos vuestra colaboración en la lectura y aceptación de los nuevos textos legales, que deben ser firmados por todos nosotros.”

El inspector da la razón a UGT en que la inclusión de una cláusula que fuese ilegal se tendrá por no puesta. En particular a lo que especificamos sobre derechos de autor. No ve razón alguna para sancionar a la empresa puesto que aún no ha activado ninguna ilegalidad contra nadie. Que en el momento que ejecute una ilegalidad contra algún trabajador en concreto debido a alguna de estas cláusulas, que se denuncie y se tomarán medidas en ese momento, pero no antes.

El inspector da la razón a UGT que el documento presentado por la empresa está firmado por un exdirector ya sin poderes de representación de la empresa. La empresa dice que era una plantilla y que ya lo han cambiado. Pero a la RLT no le han hecho llegar copia de la nueva plantilla con la nueva persona firmante.

CCOO presente en aquella reunión se adhiere a los argumentos aportados por UGT y añade adicionalmente un aspecto referente a las copias básicas de las nuevas contrataciones por una información incompleta, a lo que el Inspector les da la razón.





4.    La coherencia de CCOO en Tecnocom


Adjuntamos información pública sacada de la CNMV: 19 de Julio de 2012, Hecho relevante en la CNMV

La empresa a mitad de 2012 paga en acciones unos 4.000€ a una persona. Dicha persona es representante de CCOO y una de las personas que lideran ese sindicato en Tecnocom. En 2013 ese representante, naturalmente desasignado, encabeza la comisión de empleabilidad de forma activa para marcar a los trabajadores como no empleables de forma que la empresa tuviera vía libre para sus despidos.

Febrero de 2017, este representante, entre otros, nos convoca y pide nuestro logo para una acción sindical para concentrarnos en la puerta de Indra para protestar contra la modificación de un par de artículos en los Estatutos de Tecnocom facilitando la OPA de Indra.



Al día siguiente de la concentración aparece esta misma persona en la Junta general extraordinaria de accionistas celebrada en segunda convocatoria el 22 de febrero de 2017 ya que con las acciones que la empresa le pagó por valor de 4.000€ tiene derechos suficientes para asistir. Asiste al acto y dedica aplausos al finalizar la intervención del presidente de Tecnocom y a la hora de votar va y vota a favor de la modificación de esos apartados de los estatutos para facilitar la OPA de Indra. ¿A qué intereses representa esta gente?

¿Qué por qué lo sabemos? Porque los resultados de las votaciones son públicos


Y solamente una persona votó que NO, y fue un delegado de UGT que pagó de su bolsillo las acciones necesarias para tener acceso a dicha asamblea, y esas 869 acciones que figuran en Votos en Contra son de nuestro delegado de UGT. Por eso lo sabemos.

  
Algunos os preguntáis que porqué criticamos tanto a los representantes de CCOO en Tecnocom. Esto no es una crítica, esto son hechos. Por nuestra parte no deja de sorprendernos que les sigáis votando. Ante eso no tenemos nada que decir, más que respetarlo. En democracia la minoría acertada ha de aceptar lo que decida la mayoría equivocada.



5.    Los verdugos de los trabajadores


Esta gente es peligrosa. No ya porque les hagan un resumen pormenorizado a la empresa para que estén al tanto de lo que allí pasó, sino porque sacan fotografías de los trabajadores asistentes para que la empresa pueda identificarlos. Y van y lo publican en internet.



Las personas que encabezan este sindicato son también los que en 2013 y 2014 participaron activamente en la comisión de empleabilidad para marcar a los trabajadores como no empleables de forma que la empresa tuviera vía libre para sus despidos.





6.    ¿Y qué pasa el 9 de Marzo?


El 9 de marzo, día internacional de la tortilla de patatas y de la enfermedad renal ¿ya nos hemos olvidado?

Mientras siga habiendo una día internacional de la mujer trabajadora es que se siguen haciendo mal las cosas y es señal de que se las sigue discriminando para el acceso al empleo, para el mantenimiento del empleo, para la pérdida del empleo, así como en las condiciones (incluyendo los pluses) que reciben para un mismo puesto de trabajo y su posible promoción respecto a un hombre.

Aunque las palabritas y los certificados para conseguir subvenciones y las cartas que firme la empresa digan otra cosa, los hechos indican que lamentablemente Tecnocom es también una empresa que discrimina y penaliza a las mujeres por el mero hecho de ser mujeres y el apoyo a la conciliación, formación y promoción de la mujer es escaso y se limita a lo que por ley se obligue a la empresa. Vergonzoso, pero cierto. Os lo decimos con tristeza, no estamos orgullosos de la empresa para la que trabajamos. Otras cosas habrá que esta empresa haga bien, no lo dudamos, pero en esta cuestión, en temas de igualdad, sentimos repugnancia y asco por cómo trata Tecnocom a sus trabajadoras. O bien la jerarquía hacia abajo no ha entendido bien las directrices de la muy alta dirección y las ejecutan mal, o bien la muy alta dirección también está en el ajo de este maltrato laboral discriminatorio a las mujeres.

Todos los cursos que se publican en Madrid son de 18:00 a 21:00 totalmente en contra de la posible conciliación, impidiendo formarse y promocionar a personas con cargas familiares, principalmente mujeres.

Mismo puesto, inferior salario si eres mujer. Y no sólo hay que mirar el salario fijo y el variable, lo normal es que la discriminación esté en los pluses y los beneficios sociales que los hombres sí reciben y las mujeres no.

Vuelves de una excedencia voluntaria de 1 año para mejorar tu inglés, tu jefe está encantado contigo y con tu vuelta, le comunicas con emoción que estás embarazada y vas a ser mamá, ya no te cogen, te quedas en el limbo y sin firmar el contrato. Esto no son historias, esto ha ocurrido en Tecnocom en 2016.

  
A continuación un video ilustrativo


7.    Resumen de las negociaciones en la Mesa del Convenio de Tecnocom


Desde la primera reunión de la CTH para la 3ª fase del Convenio en UGT plasmamos nuestra posición: Revisión Salarial universal y consolidable antes de seguir negociando. Son ya demasiados años con subida cero.




8.    El chistaco del día


        TECNOCOM OBTIENE LA CERTIFICACIÓN TOP EXPLOITER ESPAÑA 2017



“Para conseguir la certificación, Tecnocom ha superado un riguroso proceso analítico en el que las respuestas han sido auditadas individualmente por un organismo independiente. Se han obtenido puntuaciones destacadas en las áreas de: estrategia de talento, aprendizaje y desarrollo, evaluación y desempeño, cultura de valores, ética e integridad y como marca empleador.”


¿Te entrevistaron a ti? A nosotros tampoco. Quizás las respuestas que han auditado rigurosamente se las hayan dado algunos de los que se llevaron 5,2 millones de Euros de la caja antes de que llegue Indra.