05 de Julio de 2017
BOLETIN UGT – JUNIO
2017
INDICE
1. Largas
Jornadas de Verano
Hoy os
relatamos lo que técnicamente se conoce en el sector como otra nueva “granca”
de CCOO en Tecnocom. Los que estéis en cliente ya os podéis olvidar de la
jornada intensiva de verano, y de compensación alguna. Haréis el horario
del centro de trabajo del cliente y sólo si pasáis de la jornada máxima anual o
de las 9 horas diarias será cuando se os compensen horas extraordinarias.
La
mayoría absoluta que tiene CCOO en Tecnocom se cambia en las urnas a la hora de
votar. Por eso os hemos venido pidiendo apoyo para que vosotros mismos forméis
listas alternativas. Hasta la fecha no ha podido ser ni en Valencia, ni
en Zaragoza, ni en Tarragona, ni en Gerona, ni en Castellón,
ni en Murcia, ni en La Coruña, ni en Bilbao ni en Sevilla.
Hasta dentro de 4 años si es que aún estamos aquí, no hay nada que hacer.
El
artículo 2.6 del Convenio Colectivo de TTE, TES y TSA ha decaído ya que su vigencia se limitaba a los años 2014 y 2015
(¿Por qué negoció eso CCOO con su mayoría absoluta). Dicho artículo se refería
al personal que desempeña el trabajo fuera de las oficinas de la compañía.
2.6 Compensación de extensiones de jornada
en cliente, durante la jornada de verano.
Los empleados vinculados al horario del cliente que desempeñen su trabajo fuera
de las oficinas de la compañía, que no puedan realizar la jornada de verano, a los cuales no se les puede aplicar Distribución
Irregular de la Jornada, y cuya jornada semanal durante ese periodo supere
las 35 horas, tendrán derecho a una compensación económica con el concepto
«Plus por no disfrute de jornada de verano»:
•
Cuatro euros por cada día que no realicen jornada de verano.
• La
liquidación de estas cantidades se realizará en el mes de septiembre.
La empresa, una vez cerrado el año,
entregará a la Comisión de Interpretación del Convenio, una relación nominal de
las personas que han realizado estas jornadas en verano, con el número de horas
anuales realizadas.
Este apartado será de aplicación y vigencia
en 2014 y 2015, exclusivamente
Al haber decaído dicho apartado y quedar sin regulación en
el Convenio de Tecnocom lo referente al mencionado personal desplazado a otra
empresa por razón de servicio, alguno de vosotros pensará que se estará a lo
regulado en el Convenio del Sector “XVI
Convenio colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y
de la Opinión Pública”, que en su apartado 20.7 establece que:
“Todo trabajador desplazado a otra empresa por razón de servicio, se
atendrá al horario del centro de trabajo de destino, si bien en cuanto al
cómputo de las horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en su empresa de origen.”
Pero no es así, el Inspector de trabajo ya indicó que el
84.2.c) del Estatuto de los Trabajadores marca una jerarquía para ciertas materias, entre las que se
encuentran el horario y la distribución
de la jornada, según la cual se da
prioridad al Convenio de Empresa frente al Sectorial Estatal, y en este
caso los negociadores (CCOO con su mayoría absoluta) han regulado expresamente
en el Convenio de Empresa que no aplique nada pasado el 2015 a los trabajadores
que desempeñan su trabajo fuera de las oficinas de la compañía.
Artículo 84. Concurrencia.
2. La regulación de las condiciones establecidas en un convenio de
empresa, que podrá negociarse en cualquier momento de la vigencia de convenios
colectivos de ámbito superior, tendrá prioridad aplicativa respecto del
convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes
materias:
c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen
de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.
Cabe
recordar que el pasado 27 de Abril en el seno de la Comisión Técnica de
Negociación la empresa solicitó que se reflejase en acta que La PE ha propuesto
la prórroga del art. 2.6 mostrando así su voluntad para que se compensen las
extensiones de jornada en cliente.
_______________________________________
De: Buzón, Sección
Sindical CCOO
Enviado: jueves, 9 de
junio de 2016 14:33
Para: Canal Sindicatos-Empresa;
Buzón, Sección Sindical CGT; Buzón, Sección Sindical UGT; Buzón, Sección
Sindical CIG; Buzón, Sección Sindical ELA
Cc: Gutiérrez Lorenzo,
Francisco Tomás
Asunto: RE: REVISION PE
ACTA Nº 33
Buenas tardes,
Nos parece correcto el
añadido, siempre y cuando conste también el siguiente:
“La PS considera
insuficiente la propuesta de la PE de prorrogar el art. 2.6 Compensación de
extensiones de jornada en cliente durante la jornada de verano, ya que este
artículo solo regula los horarios en clientes en jornada de verano.
Por otra parte la PS
considera que los excesos de jornada mensuales producidos en aplicación de este artículo deben retribuirse como horas
extra dentro del año en que se producen, debiendo aparecer esta apreciación en
este artículo.”
Saludos,
Sección Sindical Estatal
de Grupo de Tecnocom
De: Canal
Sindicatos-Empresa
Enviado el: miércoles, 08
de junio de 2016 17:53
Para: Buzón, Sección
Sindical CCOO; Buzón, Sección Sindical CGT; Buzón, Sección Sindical UGT; Buzón,
Sección Sindical CIG; Buzón, Sección Sindical ELA
CC: Canal
Sindicatos-Empresa; Gutiérrez Lorenzo, Francisco Tomás
Asunto: REVISION PE ACTA
Nº 33
Buenas tardes,
Para la firma del Acta nº
33 por la PE, debe constar en la misma, el siguiente texto en el punto de
“Negociación”, al final del primer párrafo:
“La PE ha propuesto la
prórroga del art. 2.6 y quiere saber qué han decidido”
Ya que efectivamente se
dijo en la reunión.
Con esa modificación se
procedería a la firma del acta.
Un cordial saludo,
Pero va CCOO y no contento con ello requiere que además se indique que
todo lo que sobrepase de las 35 horas semanales sea compensado como Hora Extra
(cosa que no aparecía en el 2.6). Y la empresa dice que no. De
forma que con este intercambio de CCOO no se prorroga el artículo 2.6 y CCOO
decide llevar a la empresa al inspector de trabajo por este asunto.
El
inspector tira de convenio y se atiene a la letra del mismo, observando que el artículo 2.1 sobre el Horario sólo
aplica a las oficinas de Tecnocom.
2.1
Jornada laboral y Horarios
Este
apartado estará sujeto a revisión.
El horario laboral oficial de las oficinas de TES, TTE y TSyA será:
a)
Verano: Del 1 de Julio al 31 de Agosto, ambos incluidos. Horario:
·
De 8:00 a 15:00 de lunes a viernes
Lo
mismo que el artículo 1.2 sobre el ámbito territorial de aplicación
1.2 Ámbito Territorial
El presente convenio Colectivo será de aplicación en todos
los Centros
de Trabajo existentes en el territorio nacional, que
pertenezcan a las empresas TES, TTE y TSyA.
Indica
el Inspector que para el resto de trabajadores fuera de las oficinas de
Tecnocom no aplica este horario y se estará al cómputo de jornada anual de 1785
horas en TES (1800 en TTE) y las 9 horas máximas diarias tal y como establece
el Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 34.1 y 34.3.
¿Qué
como lo hemos sabido? Porque el Inspector a resultas de una denuncia que
interpuso UGT por no cumplir
correctamente la empresa el preaviso de 5 días con la regulación de la
Distribución Irregular de la Jornada y por falsear la documentación entregada a
mes vencido a un colectivo en concreto de trabajadores, el Inspector da la razón a UGT
y requiere a la empresa rectificar, y adicionalmente nos incluye el informe de
lo ocurrido en su reunión con CCOO.
En la siguiente
página veréis la conclusión del Inspector
Aquí
tenéis la perla de lo que ha conseguido CCOO para vosotros:
Esto significa que los trabajadores que no estén en las
oficinas de Tecnocom tendrán que hacer el horario del centro de trabajo del
cliente, ya no necesitan aplicarte la Distribución Irregular de la Jornada
regulada en el Convenio Colectivo para que te quedes por las tardes en verano. ¡¡¡Gracias CCOO!!! Con representantes como
estos, ¿quién necesita enemigos?
Las opciones son dos,
OPCION 1: Que sea una torpeza por parte de CCOO en Tecnocom,
a pesar de todos sus años de experiencia, formación y dedicación en exclusiva a
labores sindicales en Tecnocom.
OPCION 2: Que fuese un baile a dos entre CCOO y la empresa, y
les hayan facilitado, escenificando todo este proceso ante inspección de
trabajo, conseguir reducir el coste de la compensación de la distribución
irregular de la jornada en verano de más de trescientas personas. De 381
trabajadores con DIJ en 2016 hemos pasado a 137 en 2017. ¿A cambio de qué?
Nunca lo sabremos. Esta opción supondría canjear un perjuicio directo para los
trabajadores a cambio de algo. Eso se lo preguntáis a CCOO, de ser esta la
opción que responde a lo realmente ocurrido.
¿Cuál de las dos es peor? ¿Cuál de las dos les hace seguir
siendo merecedores de vuestro apoyo en Tecnocom?
Algunos os preguntáis que porqué criticamos tanto a los
representantes de CCOO en Tecnocom. Esto no es una crítica, esto son hechos.
Por nuestra parte no deja de sorprendernos que les sigáis votando. Ante eso no
tenemos nada que decir, más que respetarlo. En democracia la minoría acertada
ha de aceptar lo que decida la mayoría equivocada.
2. Portavoces
de nadie
Desmentimos
rotundamente que CGT sean los portavoces ante la plantilla de la agenda de UGT.
Desmentimos rotundamente cualquier información que os hecho llegar CGT sobre
quien, cuando y con quien se ha reunido UGT. De la agenda de UGT
es UGT quien os informará. Nada de lo que os ha hecho llegar CGT sobre
las acciones de UGT ha sido ni consultado a UGT, ni confirmado
por UGT ni por nadie que asistiese a dicha reunión. ¿Qué sabrá CGT de
quienes han estado asistiendo a las reuniones en Indra por UGT?
Absolutamente nada. Así que ni caso a los de la pataleta porque no tienen
agenda en el sector ni nadie que les reciba.
Andan
diciendo por ahí que si nadie de UGT ni CCOO de Tecnocom han participado
en reunión alguna con el señor Martorell o el señor Cabello. No tienen prueba
alguna para afirmar eso ni lo contrario, desconocen absolutamente quienes hemos
asistido o dejado de asistir a dichas reuniones. Y es más, desconocen que en UGT
nos es indiferente quien vaya a una reunión, quien va son las personas
designadas por UGT y en nombre de
UGT y con el mandato de UGT.
Hacen
afirmaciones para crear confusión cuando dicen que nuestra propuesta de
protocolo de fusión más que reivindicaciones para los trabajadores, son una
retahíla de prebendas y más prebendas para los representantes sindicales. En
nuestro protocolo de fusión de siete apartados, sólo uno, el quinto, habla
sobre Representación Sindical (lo podéis cmprobar porque os enviamos copia), y
es que sin una garantía de la representación sindical difícilmente pueda
existir el resto en negociación colectiva. Y añaden con la boca pequeña que la
fusión no se ha anunciado siquiera, ¿de verdad ahora vienen con esas? ¿Entonces
a qué vino todas las recientes movilizaciones promovidas por ellos si no es por
el miedo a la fusión y al hipotético ERE que “no se había anunciado siquiera”?
Dicen que les parece lamentable que hayamos presentado ese documento. Lo
terrible es que tras quejarse por todo y criticarlo todo, y sin correr ningún
riesgo, no aportan ninguna alternativa, quédate con eso.
Dicen que
no ven la causa-efecto que tuvo la reunión de UGT con el Presidente para
que luego se reuniese con toda la RLT a la vista de cómo le fue la reunión con UGT.
Sin embargo no dicen qué razón de ser tiene que el Presidente o el CEO de una
multinacional como Indra baje al barro a presentarles a la RLT a la nueva Dirección
de RRHH. Ninguna. Que digan cuantas veces antes de dicha reunión se ha reunido
CGT con el Presidente de Indra o bien con el antiguo Presidente de Tecnocom,
Lalo Azcona. Que lo digan, y si pasan de cero veces no se desmoronará su
razonamiento.
¿Cómo
esperan que les abran las puertas y quieran reunirse con ellos? Dedicarse a
perseguir al Presidente de Indra por los pasillos voceando su nombre a voz en
grito hasta acorralarle en el retrete y gritarle “Martorell, que quiero hablar
contigo” mientras la otra persona hace sus necesidades fisiológicas, no parecen
formas. CGT estaba convocada el viernes y el Presidente les sacó este episodio
y los que allí estaban de CGT no sabían dónde meterse.
Pero
vamos, que se lucen, en el comunicado que envían cambian los cargos de las
personas que indican. Realmente Alejandro Lucena era el Director de RRLL, y
Dolores la Directora de RRHH. Es decir, al revés de como lo dicen. Y además, que
ninguno de los dos ostenta ya ese cargo. Y a la nueva Directora la llaman
María, cuando es Marta y le ponen la etiqueta de RRLL cuando es de Legal.
Total, qué más da si es casi lo mismo y nadie se fija…
En fin, como vale todo para ellos, y la falta de veracidad y rigor es lo
único que aportan, sólo os podemos decir, que cuidado con la falta de rigor y
el vale todo.
3. Denuncia
en Inspección por la Adenda
El
día 21 de marzo fuimos citados al despacho del inspector de trabajo a tener un
careo con la empresa tras nuestra denuncia por el asunto de la Adenda.
El inspector nos da la razón a UGT en que la firma debe ser
voluntaria entre las dos partes del contrato (trabajador y empresa). La
empresa alega que a nadie se le pone una pistola en la cabeza a lo que
mostramos como prueba su correo de 2 de noviembre donde indican que debe ser firmado “os pedimos vuestra
colaboración en la lectura y aceptación de los nuevos textos legales, que deben
ser firmados por todos nosotros.”
El inspector da la razón a UGT
en que la inclusión de una cláusula que fuese ilegal se tendrá por no puesta.
En particular a lo que especificamos sobre derechos de autor. No ve razón
alguna para sancionar a la empresa puesto que aún no ha activado ninguna
ilegalidad contra nadie. Que en el momento que ejecute una ilegalidad contra
algún trabajador en concreto debido a alguna de estas cláusulas, que se
denuncie y se tomarán medidas en ese momento, pero no antes.
El inspector da la razón a UGT
que el documento presentado por la empresa está firmado por un exdirector ya
sin poderes de representación de la empresa. La empresa dice que era una
plantilla y que ya lo han cambiado. Pero a la RLT no le han hecho llegar copia
de la nueva plantilla con la nueva persona firmante.
CCOO presente en aquella reunión se adhiere a los argumentos
aportados por UGT y añade
adicionalmente un aspecto referente a las copias básicas de las nuevas
contrataciones por una información incompleta, a lo que el Inspector les da la
razón.
4. La
coherencia de CCOO en Tecnocom
Adjuntamos
información pública sacada de la CNMV: 19 de Julio de 2012, Hecho relevante en
la CNMV
La empresa a mitad de 2012 paga en acciones unos 4.000€ a una
persona. Dicha persona es representante de CCOO y una de las personas que
lideran ese sindicato en Tecnocom. En 2013 ese representante, naturalmente
desasignado, encabeza la comisión de empleabilidad de forma activa para marcar
a los trabajadores como no empleables de forma que la empresa tuviera vía libre
para sus despidos.
Febrero de 2017, este representante, entre otros, nos convoca y
pide nuestro logo para una acción sindical para concentrarnos en la puerta de
Indra para protestar contra la modificación de un par de artículos en los
Estatutos de Tecnocom facilitando la OPA de Indra.
Al día siguiente de la concentración aparece esta misma persona en
la Junta general extraordinaria de accionistas celebrada en segunda
convocatoria el 22 de febrero de 2017 ya que con las acciones que la empresa le
pagó por valor de 4.000€ tiene derechos suficientes para asistir. Asiste al
acto y dedica aplausos al finalizar la intervención del presidente de Tecnocom
y a la hora de votar va y vota a favor de la modificación de esos apartados de
los estatutos para facilitar la OPA de Indra. ¿A qué intereses representa esta
gente?
¿Qué por qué lo sabemos? Porque los resultados de las votaciones
son públicos
Algunos os preguntáis que porqué criticamos tanto a los
representantes de CCOO en Tecnocom. Esto no es una crítica, esto son hechos.
Por nuestra parte no deja de sorprendernos que les sigáis votando. Ante eso no
tenemos nada que decir, más que respetarlo. En democracia la minoría acertada
ha de aceptar lo que decida la mayoría equivocada.
5. Los
verdugos de los trabajadores
Esta gente es
peligrosa. No ya porque les hagan un resumen pormenorizado a la empresa para
que estén al tanto de lo que allí pasó, sino porque sacan fotografías de los
trabajadores asistentes para que la empresa pueda identificarlos. Y van y lo
publican en internet.
Las personas que encabezan este
sindicato son también los que en 2013 y 2014 participaron activamente en la
comisión de empleabilidad para marcar a los trabajadores como no empleables de
forma que la empresa tuviera vía libre para sus despidos.
6. ¿Y
qué pasa el 9 de Marzo?
El 9 de marzo, día internacional
de la tortilla de patatas y de la enfermedad renal ¿ya nos hemos olvidado?
Mientras siga habiendo una día
internacional de la mujer trabajadora es que se siguen haciendo mal las cosas y
es señal de que se las sigue discriminando para el acceso al empleo, para el
mantenimiento del empleo, para la pérdida del empleo, así como en las
condiciones (incluyendo los pluses) que reciben para un mismo puesto de trabajo
y su posible promoción respecto a un hombre.
Aunque las palabritas y los
certificados para conseguir subvenciones y las cartas que firme la empresa
digan otra cosa, los hechos indican que lamentablemente Tecnocom es también una
empresa que discrimina y penaliza a las mujeres por el mero hecho de ser
mujeres y el apoyo a la conciliación, formación y promoción de la mujer es
escaso y se limita a lo que por ley se obligue a la empresa. Vergonzoso, pero
cierto. Os lo decimos con tristeza, no estamos orgullosos de la empresa para la
que trabajamos. Otras cosas habrá que esta empresa haga bien, no lo dudamos,
pero en esta cuestión, en temas de igualdad, sentimos repugnancia y asco por
cómo trata Tecnocom a sus trabajadoras. O bien la jerarquía hacia abajo no ha
entendido bien las directrices de la muy alta dirección y las ejecutan mal, o
bien la muy alta dirección también está en el ajo de este maltrato laboral
discriminatorio a las mujeres.
Todos los cursos que se publican
en Madrid son de 18:00 a 21:00 totalmente en contra de la posible conciliación,
impidiendo formarse y promocionar a personas con cargas familiares,
principalmente mujeres.
Mismo puesto, inferior salario si
eres mujer. Y no sólo hay que mirar el salario fijo y el variable, lo normal es
que la discriminación esté en los pluses y los beneficios sociales que los
hombres sí reciben y las mujeres no.
Vuelves de una excedencia
voluntaria de 1 año para mejorar tu inglés, tu jefe está encantado contigo y
con tu vuelta, le comunicas con emoción que estás embarazada y vas a ser mamá,
ya no te cogen, te quedas en el limbo y sin firmar el contrato. Esto no son
historias, esto ha ocurrido en Tecnocom en 2016.
A continuación un video ilustrativo
7. Resumen
de las negociaciones en la Mesa del Convenio de Tecnocom
Desde la primera reunión de la CTH para la 3ª fase del
Convenio en UGT plasmamos nuestra posición: Revisión Salarial universal y
consolidable antes de seguir negociando. Son ya demasiados años con subida
cero.
8. El
chistaco del día
TECNOCOM OBTIENE LA CERTIFICACIÓN TOP
EXPLOITER
ESPAÑA 2017
“Para
conseguir la certificación, Tecnocom ha superado un riguroso proceso
analítico en el que las respuestas han sido auditadas individualmente por un
organismo independiente. Se han obtenido puntuaciones destacadas en las áreas
de: estrategia de talento, aprendizaje y desarrollo, evaluación y desempeño,
cultura de valores, ética e integridad y como marca empleador.”
¿Te entrevistaron a ti?
A nosotros tampoco. Quizás las respuestas que han auditado rigurosamente se las
hayan dado algunos de los que se llevaron 5,2 millones de Euros de la caja
antes de que llegue Indra.