lunes, 1 de diciembre de 2014

¿Qué significa denunciar un Convenio?


Todo Convenio Colectivo tiene un ámbito de vigencia temporal, es decir, un periodo de aplicación, que debe establecerlo el propio Convenio. Normalmente, el periodo va desde el mínimo de un año, al máximo de cuatro, estableciéndose a su vez el modo en el que va a producirse la revisión salarial en esos años de vigencia.

A su vez, debe establecer qué ocurre cuando se cumple ese periodo de vigencia, de tal manera que se regule, o bien su prórroga por periodos anuales, o bien cómo y cuándo puede producirse lo que se denomina la DENUNCIA del mismo, es decir, su PROPUESTA DE REVISIÓN.

Esta propuesta de revisión tiene unos plazos para anunciarse, y unos pasos a seguir, también regulados en el texto del Convenio. Aparecen así en escena conceptos como la parte social (representantes de los trabajadores) y la parte empresarial o patronal (representantes de los empresarios); la Comisión Paritaria (órgano de seguimiento del cumplimiento del Convenio y de interpretación del mismo en los casos de duda o conflicto sobre las normas que contiene), cuyo nombre deviene de su composición, pues la conforman tanto la parte social como la patronal, y en número igual de representantes por cada una de ellas.

El proceso que se inicia al denunciarse el Convenio varía en plazos según la regulación establecida, pero es común a todo texto convencional que, una vez comunicada dicha intención a todos los Sindicatos y al Empresario del ámbito en cuestión, debe convocarse una nueva Mesa de Negociación, para iniciar los trabajos de revisión de dicho Convenio, que darán lugar a un nuevo Convenio, con la vigencia temporal correspondiente.

El marco de dicha revisión lo establecen las partes, es decir, no significa que tenga que ser modificado el Convenio en su integridad, sino normalmente aquellas cuestiones que más preocupen a las partes, o que hayan generado más trabajo en la Comisión Paritaria por existir divergencias en su interpretación, o por haberse demostrado obsoletas o no operativas en el día a día de su aplicación, o porque sea necesario adaptar algunas materias a los cambios legislativos que se hayan producido, o porque las partes quieran introducir, en el marco de su autonomía y dentro de los límites legales, nuevas cuestiones o mejoras en el sector de producción de que se trate.

El efecto de la denuncia es el inicio de una nueva negociación colectiva de la que podrá surgir un convenio que sustituya al anterior.

Es en este proceso cuando la experiencia acumulada en esos años de vigencia, el análisis de la realidad, las diferentes propuestas que se hayan ido elaborando por parte de los trabajadores y sus representantes, deben tomar forma en esa Mesa de Negociación, para pasar a formar parte del nuevo Convenio Colectivo.

Si miramos la cláusula acordada en Tecnocom entre las partes para realizar la denuncia del convenio e iniciar así una nueva propuesta de renovación, dice así:

1.8 Plazo de vigencia, duración y prorroga
El presente convenio colectivo, con independencia de la fecha de su inscripción en el Registro por las autoridades laborales competentes, entrará en vigor, a todos los efectos, el 1 de enero de 2013, salvo las clausulas cuya fecha de efecto se especifique de forma expresa en el apartado correspondiente.  

La duración del convenio será de dos años a partir de su entrada en vigor, hasta el 31 de diciembre de 2014, prorrogándose en sus propios términos, de año en año, siempre y cuando no se denuncie su vigencia por una de las partes firmantes del mismo.

La denuncia del presente convenio deberá realizarse por escrito y ser comunicada a la otra parte con una antelación mínima de un 1 mes y máxima de 3 meses, al vencimiento del plazo de vigencia antes señalado y/o de cualquiera de sus prórrogas.

La parte que formule su denuncia, y para que ésta se considere válida a los efectos señalados en el apartado anterior, deberá remitir a la otra parte, en el plazo máximo de los dos meses siguientes al de la denuncia, propuesta concreta sobre los puntos y contenido que comprenda la revisión solicitada. Caso de incumplirse este requisito, se tendrá por no hecha la denuncia. De esta comunicación y de la propuesta se enviará copia, a efectos de registro, a la Dirección General de Trabajo.

La denuncia de un convenio es un ejercicio normal. Este viernes 28 se ha recibido un comunicado de CC.OO en el que parece que se acaba el mundo porque UGT ha denunciado el convenio en solitario. Naturalmente que lo hemos hecho, hartos ya de tantos recortes y de una mesa de negociación virtual donde los acuerdos entre la empresa y CCOO, el sindicato que ostenta la mayoría, se firman ninguneando al resto de sindicatos que representan exactamente al mismo censo de representados que CC.OO, es decir a la totalidad de los trabajadores.

Ya va siendo hora de que los trabajadores sean informados de lo que aquí acontece.

Estos que ahora meten el miedo a los niños con que UGT ha denunciado el convenio y que viene el lobo y que se acaba el mundo son los mismos que denunciaron el convenio cuando lo consideraron oportuno, como no podía ser de otra manera, ejerciendo su derecho y su libertad sindical.


Dicen que la comunicación se ha realizado “sin preaviso y solo a la dirección de la empresa”, pues resulta que además de a la empresa se ha enviado a todas las secciones sindicales en Tecnocom, incluyendo CC.OO. por lo que fueron debidamente informadas en tiempo y forma por carta certificada con acuse de recibo. Y respecto a “sin preaviso”, faltaría más que tengamos que avisar previamente a esa sección sindical de las cosas que legítimamente estime nuestra organización sindical, ¿o acaso ellos nos dicen a UGT lo que van a hacer cuando se reúnen en las previas de las negociaciones en despachos?

Mienten continuamente, y no hay cosa peor en esta vida que un representante mintiendo a su representado. Cuando dicen que:
“Actualmente la representación estatal de UGT en Tecnocom no está compuesta por compañeras o compañeros de Tecnocom, si no por personas de este sindicato externas a la empresa”

De nuevo os mienten. Primero porque en esta tercera fase del convenio ha estado yendo un trabajador de TTE Barcelona a representar a UGT. Las actas son públicas. Cualquier lo puede comprobar.

Y segundo, parece que algunos representantes entraron hace tanto tiempo a la RLT y tras tantos años de estar liberados y sin trabajo efectivo se han pensado que han aprobado una oposición y se apoltronan y confían. Pues convendría que hicieran algún curso de reciclaje para recordar quien tiene legitimidad en la negociación de un convenio colectivo de un grupo de empresas como ocurre en Tecnocom con el Convenio de TTE, TES y TSyA.

El actual Convenio adolece de un error de forma, que quizás lo hace nulo. Dice en su artículo 1.1 que ha sido firmado por las Secciones Sindicales:
“El convenio ha sido suscrito, de una parte, por los representantes de la Dirección de las empresas “Tecnocom España Solutions”, “Tecnocom Telecomunicaciones y Energía” y “Tecnocom SyA” (en adelante, TES, TTE y TSyA, respectivamente) y, de otra, por las Secciones Sindicales de CCOO y UGT en Tecnocom.

Ambas partes se reconocen recíprocamente como interlocutores válidos que ostentan la legitimación requerida para suscribir el presente convenio con validez y eficacia general, siendo de aplicación directa y preferente respecto de los elementos aquí regulados”

Y ocurre que las Secciones Sindicales no tienen legitimidad para firmar un Convenio de un grupo de empresas.

Ya lo explicábamos aquí. Sólo los Sindicatos están legitimados para negociar y firmar el Convenio de TTE, TES y TSyA:


Cuando se trate de convenios para un grupo de empresas, así como en los convenios que afecten a una pluralidad de empresas vinculadas por razones organizativas o productivas y nominativamente identificadas en su ámbito de aplicación, la legitimación para negociar en representación de los trabajadores será la que se establece en el apartado 2 de este artículo para la negociación de los convenios sectoriales
……..
2. En los convenios sectoriales estarán legitimados para negociar en representación de los trabajadores:
a) Los sindicatos que tengan la consideración de más representativos a nivel estatal, así como, en sus respectivos ámbitos, las organizaciones sindicales afiliadas, federadas o confederadas a los mismos.
b) Los sindicatos que tengan la consideración de más representativos a nivel de Comunidad Autónoma respecto de los convenios que no trasciendan de dicho ámbito territorial, así como, en sus respectivos ámbitos, las organizaciones sindicales afiliadas, federadas o confederadas a los mismos.
c) Los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10 por ciento de los miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio.

Las Secciones Sindicales no están legitimadas para negociar el convenio del grupo de empresas en Tecnocom, TTE, TES y TSyA; sino que lo están los Sindicatos según el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 87.2

Lo mismo ya es un buen momento para empezar a cumplir las leyes en Tecnocom.

Por eso entre otras cosas, UGT ha denunciado este convenio.



viernes, 28 de noviembre de 2014

FeS-UGT DICE BASTA: DENUNCIADO EL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS TECNOCOM

Con fecha viernes 21 de noviembre de 2014, FeS-UGT ha procedido a la denuncia del vigente Convenio de TTE, TES y TSyA, de acuerdo a lo preceptuado en el art. 1.8 del mismo. Para ello se ha cursado escrito en el día 21/11/2014 (certificado con acuse de recibo), a la Dirección de Personas del Grupo Tecnocom. Igualmente ha sido denunciado el mismo mediante el procedimiento electrónico oportuno ante el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, cumpliendo con los trámites legales. 

La utilización de la crisis como excusa para aumentar beneficios a costa de las rentas y condiciones laborales de los trabajadores ha llegado a un punto insostenible. La prolongada coyuntura de la crisis está siendo utilizada para plantear medidas que no son excepcionales ni temporales, sino permanentes y rompen el equilibrio en favor del empresario.

La política de criminalización sobre los salarios busca culparlos del nivel de precios aunque los datos lo desmientan. Se ataca la pretensión de los trabajadores de ver mejoradas sus condiciones salariales en la empresa y disponer de mecanismos de compensación para impedir la pérdida permanente de poder adquisitivo.

Desde el 2009 no hemos vivido otra cosa más que recortes de derechos y beneficios sociales. Con unos representantes que antes de sentarse a negociar ya anunciaban que habría que asumir recortes en TES y lo que llamaban “llegar a compromisos razonables” para el resto de la plantilla se ha convertido, en la práctica, en recortarles también derechos a ellos.

Las medidas de novación de contratos para eliminar o recortar la parte salarial variable y parte del fijo, lejos de ser coyuntural como en la alta dirección y en el Consejero Delegado, a los trabajadores se les ha obligado a firmar individualmente de manera “voluntaria”, bajo el terror al despido, recortes en sus condiciones de manera permanente.

Si quien pretende ejercer libremente sus derechos sindicales de representación de los trabajadores es eliminado enviándolo al ERTE, toda negociación se vuelve una pantomima, donde “otro tipo” de representantes hacen uso de su mayoría para imponer la política de recortes en Tecnocom y el resto de la RLT se queda predicando en el desierto.

Por eso en FeS-UGT, desde nuestras Secciones Sindicales hemos dicho ¡BASTA YA!. Pero no nos limitamos a las palabras. No basta con quejarse, lamentarse y no hacer nada. Estamos disconformes con el actual Convenio y por eso lo hemos denunciado. Basta ya de recortes.

El Convenio Colectivo debería proteger y mejorar las condiciones de trabajo. La negociación colectiva debe ofrecer protección a los trabajadores equilibrando la posición de superioridad que tiene el empresario en el contrato de trabajo. Se precisa incorporar el compromiso empresarial de reinversión de los excedentes empresariales en la actividad productiva de la empresa y poner coto a las abusivas remuneraciones de altos directivos en la empresa durante la crisis. No es sólo un pacto de moderación de los salarios, sino un pacto de todas las rentas, en el que las partes se comprometan a que el empleo sea la prioridad. En definitiva, conjugar los intereses de la empresa, respecto a la adaptabilidad de las condiciones de trabajo, con los intereses de los trabajadores que defienden que estas modificaciones se hagan de manera negociada y respetando sus derechos con el objetivo de preservar el empleo. Se requiere impulsar las expectativas y confianza de los trabajadores mediante acuerdos que ofrezcan optimismo y seguridad a los trabajadores.

La pregunta es ¿Y tú, que estás dispuesto a hacer para defender tus derechos? ¿Vas a seguir permitiendo que te suban a un despacho de manera individual a que te obliguen a firmar más recortes en tus derechos? En FeS-UGT tenemos alternativas. Únete a nosotros y lucha por tus derechos. Esta situación se tiene que acabar… y se va a acabar.

UGT llama a todos los trabajadores de TECNOCOM a participar en nuestro proyecto sindical de eficacia y firmeza, de RESPONSABILIDAD y participación.






martes, 25 de noviembre de 2014

EXPULSIONES DE UGT EN TECNOCOM

Nos comunica nuestra Federación Estatal (FES-UGT) la suspensión cautelar de derechos en UGT de las siguientes personas:

  • Jesús Martinez Carralero (TES)
  • Francisco Crisenti Pérez (TTE)

Dichas medidas van orientadas a encauzar tanto la democracia interna dentro de la representación sindical que FeS-UGT ostenta en el Grupo de Empresas Tecnocom, como a canalizar el discurso sindical coherente de la organización FeS-UGT.

Esto significa que mientras se resuelve el expediente disciplinario de expulsión que hay abierto contra estas dos personas en la Comisión de Garantías Federal, se ha acordado por parte de la Comisión Ejecutiva Confederal de UGT suspenderles cautelarmente de todos sus derechos en UGT con fecha efectiva el 20 de Octubre de 2014, por lo que desde dicha fecha ni son, ni representan a UGT. 

Ellos fueron debidamente notificados en dicha fecha y la empresa unos días después, por lo que ningún documento firmado por ellos desde esa fecha tiene ninguna validez ni legitimidad en cuanto a que no representan a UGT.


Nota del 6/02/2015

Se nos comunica que en el caso de Paco Crisenti, la Comisión Federal de Garantías de FeS-UGT, después de realizar los trámites de vista y solicitud de alegaciones ha considerado suficientemente probado los hechos de los que se le acusa y le han encontrado culpable de los mismos y le han sancionado por ello. Se ha tipificado como FALTA MENOS GRAVE, según la gradación de los hechos denunciados en los Estatutos Confederales, y lo sanciona con:

"EXCLUSIÓN DE LA VIDA ORGÁNICA DEL SINDICATO Y SEPARACIÓN DE CARGOS ELECTOS Y/O DE REPRESENTACIÓN, INHABILITACIÓN PARA OCUPAR LOS MISMOS POR UN PERIODO DE 6 MESES. EN CASO DE QUE OSTENTE CARGO ORGÁNICO QUEDARÁ SUSPENDIDO DE MANERA CAUTELAR DEL MISMO MIENTRAS DURE LA SANCIÓN".

Nos indica el propio imputado que no ha cumplido dicha sanción al darse de baja él mismo de forma voluntaria rompiendo así definitivamente cualquier relación con UGT.

También hemos sabido que Jesús Martínez igualmente se ha dado de baja antes incluso de recibir el pliego de cargos e imputaciones de la comisión de garantías, por lo que igualmente ha roto definitivamente cualquier relación con UGT.


Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado: ENÉSIMA FALTA DE RESPETO DE AEC A LA MESA NEGOCIADORA


ENÉSIMA FALTA DE RESPETO DE AEC A LA MESA NEGOCIADORA

En el día de ayer, tuvo lugar una nueva reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado. Después de que en la reunión anterior la parte social contestara la propuesta patronal, ayer la AEC no acercó posturas ni en lo más mínimo

No lo hizo porque “no se habían podido reunir para tratar el tema”. Entonces, ¿para qué la reunión de ayer? La respuesta fue, en el mejor de los casos, sorprendente: se encuentran alarmados con el último comunicado de FeS-UGT. Alarma por plantear propuestas, generar debate y negociar. Pues si es así, bienvenida sea su “alarma”, trabajamos para poner sobre la mesa la realidad del sector y contribuir con ello a poder acercar posturas que nos trasladen al mejor de los escenarios posible.

Les causa alarma que en la distribución irregular de la jornada para FeS-UGT la compensación debe ser en tiempo de descanso.

Les causa alarma, que en guardias y disponibilidades para FeS-UGT la compensación ha de ser en metálico.

Les causa alarma, que queramos una regulación más clara de las dietas y los desplazamientos.

¿Causa alarma que defendamos los derechos de los trabajadores?

Para la AEC es muy importante acordar la “franja de flexibilidad”, pero no hace avances, como podría ser en reducir la jornada máxima anual ni en la ampliación del periodo de jornada intensiva, y se alarma por cuestiones como son trasladar al convenio sectorial reglas de juego que nos sirvan a la mayoría de los trabajadores de Consultoría…

Todavía así, a estas fechas siguen diciendo que sólo quedan 36 días. ¿De verdad quieren llegar a un acuerdo, o “se trata de otra cosa”?

La próxima reunión será el 10 de diciembre.

UGT llama a todos los trabajadores del Sector a participar en nuestro proyecto sindical de eficacia y firmeza, de RESPONSABILIDAD y participación.




jueves, 13 de noviembre de 2014

Mesa Negociadora del Convenio Sectorial de Consultoría y Estudios de Mercado: LA PATRONAL SE DESTAPA



  
El pasado 12 de noviembre, tuvo lugar una nueva reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado. En ella hemos debatido la propuesta patronal sobre tiempo de trabajo.

Este apartado abarca aspectos muy importantes que afectan en gran medida a la vida laboral:

  • Duración de la jornada laboral: La patronal se muestra inflexible en mantener las 1800h/año. FeS-UGT propone una rebaja gradual durante los años de vigencia del convenio.
  • Régimen de distribución de la jornada ordinaria de trabajo: En este punto introducen una novedad fundamental, la “franja de flexibilidad” (de 7:00 a 20:00). Es decir, la empresa puede decidir mover tu jornada de trabajo dos horas al comienzo, y en consecuencia al final, sin aumentar el número de horas trabajadas. Si la jornada empieza a las 9:00, la pueden cambiar a las 7:00 o a las 11:00. Dicen que para permitir la adaptación horaria a las peculiaridades del servicio. Pero, eso sí, siempre a su libre albedrío, sin contar con los trabajadores, sin límites de ningún tipo y sin demostrar fehacientemente ninguna necesidad.
  • Distribución irregular de la jornada: Recordemos que ya está autorizada por la Reforma Laboral de Rajoy un 10% de forma unilateral. Plantean que los excesos de tiempo puedan compensarse en tiempo o en metálico en un plazo de seis meses. Además abren la posibilidad de que sea el trabajador el que deba horas a la empresa (¿tal vez desasignados?). Para FeS-UGT la compensación debe ser en tiempo de descanso, negociado y pactado en el ámbito de la empresa con la RLT y negamos la posibilidad de que un trabajador “deba tiempo a la empresa”.
  • Guardias y disponibilidades: Proponen que las intervenciones se podrán compensar en tiempo o en metálico sin especificar mayor detalle. Para FeS-UGT la compensación ha de ser en metálico, los medios (teléfono, portátil, etc.) ha de ponerlos la empresa y deben tratarse de manera específica las intervenciones planificadas.
  • Desplazamientos sin cambio de residencia: Indican que debe haber derecho a compensación cuando el desplazamiento sea a un municipio a más de 20km del domicilio del trabajador. Para FeS-UGT es importante introducir la variable del mayor tiempo invertido. Igualmente creemos que debe regularse más claramente cuándo en un desplazamiento se tiene derecho a pernocta, dieta y media dieta. También abogamos por una actualización de los importes y del kilometraje.


En resumen, la propuesta de la patronal es trabajar más con menos derechos.

Todavía así, y dicen que sólo quedan 49 días. ¿De verdad quieren llegar a un acuerdo?

Finalmente no se celebró la necesaria sesión monográfica sobre estudios de mercado por razones para nosotros desconocidas. La próxima reunión será el 24 de noviembre





viernes, 17 de octubre de 2014

Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado: EMPIEZA EL MOVIMIENTO

EMPIEZA EL MOVIMIENTO

El pasado 13 de octubre, tuvo lugar una nueva reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado. En ella se han debatido distintos aspectos sobre tiempo de trabajo, pero básicamente han sido dos:

- Desplazamientos que no supongan cambio de residencia. Para FeS-UGT hay que aplicar dos parámetros para la compensación del desplazamiento: mayor tiempo invertido y/o mayor gasto incurrido. Es decir, si el nuevo destino supone más tiempo de transporte y/o más coste, el trabajador debe ser compensado por ello. Entendemos que los cambios de provincia no son significativos y que los kilómetros pueden ser muchos o pocos dependiendo de diferentes factores (tipo de vía, afluencia de transporte público, etc.)

- Guardias: Para FeS-UGT hay varios puntos importantes.
  • Las intervenciones planificadas son trabajos independientes de las guardias y, por tanto, deben gestionarse con independencia de ellas.
  • Es necesario marcar un número máximo de guardias al año.
  • Deben tener distinto tratamiento las guardias según el día en que se produzcan (laborable, fin de semana, festivo o festivo especial).
  • El tiempo invertido en el desplazamiento en las intervenciones debe computarse como tiempo de intervención, además de ser abonados los gastos en que se incurra.
  • La adscripción al sistema de guardias ha de ser voluntaria.


La Patronal pretende minimizar al máximo el impacto de estos aspectos del Convenio. Pero no sólo en lo económico, ya que propone que las compensaciones en tiempo puedan hacerse a lo largo de todo el año natural, no reconociendo, así, los perjuicios que ello produce en los trabajadores.
Por otra parte, debemos dejar claro que a este ritmo de negociación se nos antoja escaso el tiempo de que disponemos, salvo ofertas irrechazables que, mucho nos tememos, no se van a producir.

¡EL CONVENIO NO CADUCA, PERO LO QUEREMOS ACTUALIZADO!

UGT llama a todos los trabajadores del Sector a participar en nuestro proyecto sindical de eficacia y firmeza, de RESPONSABILIDAD y participación.





sábado, 4 de octubre de 2014

200€ por tus primeros 100 días de Teletrabajo

Os recordamos que si estás realizando el trabajo a distancia y has cumplido 100 días laborables en esta modalidad a contar desde el 1 de enero de 2014, la empresa te abonará 200€. Esto está recogido en la Sección 11ª sobre el Teletrabajo dentro de nuestro Convenio.

Si elegiste realizarla con 3 días a la semana, con una cuenta a ojo y descontando el mes de vacaciones de verano, más o menos habrás cumplido los 100 días en el pasado Septiembre.

De ser así no estaría dé más que verifiques con Relaciones Laborales que en esta nómina de Octubre te ingresarán tus 200€.

Adjuntamos el párrafo de nuestro Convenio donde se especifica.

Sección 11ª. Teletrabajo
Se crea un nuevo plus, denominado “Plus de Teletrabajo”, para aquellas personas que, conforme a las condiciones que las empresas han establecido para el trabajo a distancia, desarrollen su labor profesional desde su residencia particular durante más de 100 días laborables en un año natural.

 El importe de este plus será de 200 euros anuales.

Se abonará tras verificar el cumplimiento de los días establecidos.

La fecha de efecto y aplicación de este apartado será el 1 de enero de 2014.


No está de más recordar que en Julio de 2002 se firmó un acuerdo marco Europeo sobre teletrabajo entre la parte social y la patronal con un compromiso de aplicación en los países representados.

En dicho acuerdo marco se regulan temas como la voluntariedad y la reversibilidad, así como que cuando el teletrabajo se realice de forma regular el empresario ha de pagar los gastos de las comunicaciones, en otras palabras, que te pagan el ADSL.

En muchas empresas de España así se está haciendo. En Tecnocom la empresa traslada al empleado todos sus gastos fijos mensuales y te toca pagar el ADSL, la luz, la calefacción, el aire acondicionado, etc. Y para tenerte contento te dan 200€. ¿Serán mensuales, verdad? Para poder cubrir esos gastos que hasta ahora no tenías, pues no, son 200€ anuales. Y si queréis otro día hablamos de a cuento de qué te desaparecen los suplidos como el Plus de Transporte y los Tickets de Comida, que de eso también podemos hablar.

En el caso de Tecnocom los acuerdos marco Europeos mejor ni mentarlos, y del compromiso de aplicación ni caso, tu pon ahí que les das 200€ y firma, firma que nadie va a echar cuentas del truco de trileros que les hemos vuelto a hacer. Eso sí, cuando estés en casa ponte corbata o asegúrate que el largo de la falda cumple con los códigos de vestimenta de Tecnocom. Esta sí que sería buena, no han aclarado si el Manual de Imagen Profesional aplica al teletrabajo. ¿Te imaginas?




7) Equipamientos
Todas las cuestiones relativas a los equipamientos de trabajo, a la responsabilidad y a los costos son definidos claramente antes de iniciar el teletrabajo.
Como regla general, el empresario está encargado de facilitar, instalar y mantener los equipamientos necesarios para el teletrabajo regular, salvo si el teletrabajador utiliza su propio equipo.
Si el teletrabajo se realiza regularmente, el empresario cubre los costos directamente originados por este trabajo, en particular los ligados a las comunicaciones.
El empresario dotará al teletrabajador de un servicio adecuado de apoyo técnico.
El empresario tiene la responsabilidad, conforme a la legislación nacional y a los convenios colectivos, en lo referente a los costes ligados a la pérdida o a los desperfectos de los equipos y de los datos utilizados por el teletrabajador.
El teletrabajador cuidará los equipamientos que le han confiado; no recogerá ni difundirá material ilícito vía internet.