domingo, 28 de diciembre de 2014

Fantasias 16: ¡Que no pienses, te digo!

Recuerda que estas narraciones están escritas dentro de este apartado:

Que dice la empresa que independientemente de lo que estén haciendo, que lo importante es que no pienses en ello. Tu no pienses, quédate tranquilo y no pienses.


Visto en Internet en el siguiente enlace:
http://www.equiposytalento.com/entrevistas/director-seleccion/tecnocom/ignacio-mut/


Los hechos son que sólo en TTE Madrid se han contratado en lo que va de año a unas 162 personas, y raro será que las 162 sean excepcionales, lo que hace que el ERE realizado este año en el que se despidieron a 175 trabajadores no se ajuste a derecho.

Lo cual pone de manifiesto el más absoluto fracaso del Plan de Formación en Tecnocom mediante la llamada Tecnocomunidad. Ni una sola persona ha podido ser reasignada gracias a ninguno de los cursos que se imparten y que ninguna unidad de negocio solicita.


   Nuevas contrataciones

En trance de analizar la razonabilidad de un despido colectivo fundado en causas organizativas consistentes en la reducción del número de encomiendas de gestión, la STS 21-5-14, Rec. 249/13 sostiene que a falta de mayores precisiones que permitieran analizar la excepcionalidad de las mismas, las nuevas contrataciones realizadas a lo largo del año en que se inició el ERE hace incoherente la alegada necesidad de extinción de contratos de trabajo que, por la amplitud con la que se propone por la empresa, abarca de manera genérica y transversal a la plantilla, de modo que la falta de razonabilidad se torna así palmaria y la calificación del despido debe ser la de no ajustado a derecho por falta de adecuada justificación de la concurrencia de causa válida.


sábado, 27 de diciembre de 2014

Solidaridad de los trabajadores de Tecnocom con los Afectados por la Hepatitis C

Trabajadores de Tecnocom que forman parte de la Asociación Plataforma de Afectados por la Hepatitis C hacen un llamamiento a vuestra solidaridad y solicitan que, en caso de estar de acuerdo con su solicitud, participéis.


Estaréis al tanto del encierro que esa Plataforma está llevando a cabo en el hospital 12 de octubre. UGT ha apoyado y ha instado al gobierno a que atienda su petición de TRATAMIENTOS PARA TODOS. Hay medicamentos que curan y que no se los dan.

Nos dirigimos a vosotros para que, si lo consideráis, hagáis llegar a la mayor cantidad de personas la siguiente petición de la Plataforma:

¡¡¡ATENCIÓN!!!, MUY IMPORTANTE (y DIFUNDID, por favor):

Cualquier persona que esté de acuerdo con esta reivindicación de Tratamiento para todas las personas afectadas por HEPATITIS C, que ENVÍE desde ya mismo CORREOS AL MINISTRO DE SANIDAD con el siguiente texto (siempre con este texto, por favor, ninguna cosa más):

Sr. Ministro de Sanidad: RECIBA usted a los representantes de la Plataforma de Afectados por Hepatitis C ¡YA!

En ASUNTO poner: RECIBA a la PLAFHC ya.
Enviadlo a: secmin@msssi.es
con copia a: oiac@msssi.es

¡¡¡GRACIAS!!! Y todos los días, hasta conseguir que les reciban.


UGT demanda al Gobierno que garantice el tratamiento contra la hepatitis C a todos los afectados




La Secretaria de Política Social de UGT, Carmen López, ha remitido una carta al ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, para demandar al Gobierno que garantice el tratamiento contra la hepatitis C a todos los afectados, en condiciones de igualdad de acceso y sin discriminación alguna. El sindicato considera que los nuevos fármacos representan una esperanza a los pacientes y sus familias, pero la lentitud en la respuesta del Ejecutivo, la gran restricción del acceso a los mismos y la falta de criterios homogéneos para el conjunto de los CCAA suponen una barrera al derecho a acceder a estos medicamentos. Exige una estrategia a esta enfermedad y la dotación presupuestaria precisa.

A continuación facilitamos el texto íntegro de la carta:

El objeto de esta carta es solicitarle una reunión urgente para tratar el estado de situación de los pacientes de Hepatitis C, recibir información sobre el proceso de aprobación, financiación y acceso a los nuevos fármacos y la habilitación del crédito necesario.

Desde hace meses existen nuevos tratamientos eficaces para la hepatitis C que pueden modificar el abordaje de esta enfermedad y reducir el impacto humano, social y económico que está suponiendo su elevada prevalencia en nuestro país hasta el momento. 

El reciente arsenal terapéutico de fármacos específicos representa para los pacientes afectados y sus familias una esperanza. Sin embargo, la lentitud en la respuesta del Gobierno, la gran restricción del acceso a los mismos y la falta de criterios homogéneos para el conjunto de las comunidades autónomas suponen una barrera en el derecho a acceder a los nuevos medicamentos y una nueva adversidad a la que tienen que enfrentarse los pacientes.

El Gobierno debe adoptar las medidas necesarias para que se garantice el tratamiento contra la hepatitis C a todos los afectados, en condiciones de igualdad de acceso y sin discriminación alguna. Para ello deberá destinarse la financiación necesaria y suficiente sin más demora.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad debe establecer una estrategia para hacer frente a la Hepatitis C que sirva como Guía para protocolizar su prevención, diagnóstico precoz y tratamiento en el conjunto de las Comunidades Autónomas. Consecuentemente, esta estrategia debe dotarse presupuestariamente para su consecución.




lunes, 22 de diciembre de 2014

Fantasías 15: Desmentido - Milikito no ha sido contratado para llevar la gestión de tu salario variable (si es que lo tienes)

Recuerda que estas narraciones están escritas dentro de este apartado:

El jueves 09 de octubre de 2014 recibimos un email de la empresa con un enlace al que pinchar para confirmar de manera rápida y online la comunicación de los incentivos relativos al año 2014.

Pinchas y te aparece un formulario para que digas que Sí has recibido la comunicación de dichos incentivos. Obviamente los que no los han recibido en la lista desplegable seleccionan que No han recibido dicha comunicación.

Si has seleccionado No, te piden que rellenes un campo indicando que por qué no lo has recibido. "Pues mire usted, desconozco las razones por las que no me lo han entregado, eso deberían preguntárselo a quien debería habérmelo entregado en tiempo y forma, yo sólo puedo reiterarles que no lo he recibido" fue la respuesta mas común.

Pasan los días y a algunos de los que no lo habían recibido hasta la fecha les va llamando su inmediato superior el día 13 de octubre de 2014 para entregarles la carta con sus incentivos y para que la firmen.

Dicha carta termina con una línea en negrita al final del documento que dice así, y citamos literalmente:

"Para proceder al pago de la Compensación de Incentivos se requiere que esta Hoja de Objetivos, cumplimentada y firmada por el Participante, se remita a la Dirección General de Personas antes del 30 de Junio de 2014."

¿Oiga usted, me la han entregado el 13 de Octubre y me están diciendo que para cobrar mi variable debería haberla entregado antes del 30 de Junio? ¿Esto es a ver si pico? ¿Qué tipo de insulto es este? Y el documento viene firmado por 4 directores todos el 18 de Marzo de 2014.

¿Me están pidiendo que falsee un documento privado en presencia de testigos y que ponga una fecha falsa anterior al 30 de junio? ¿A que tipo de prácticas del vale todo están acostumbrados ustedes? 

¿A qué se debe este desajuste de fechas?:
  • Torpeza
  • Se traspapeló en la mesa de alguien y se les olvidó hasta hoy
  • Es intencionado y esconde trampa a ver si no cobras

No sabríamos decantarnos por qué opción es peor.

Por favor Don Javier, pongannos a alguien mas eficiente para llevar estos asuntos.

Mire usted, si me dan a firmar algo hoy, la fecha que figurará es la de hoy. Y si ambas partes acuerdan que la fecha de efecto es la que sea, en el documento así figurará, pero no cuenten conmigo para el "no pasa nada, tu firma que ya nos encargamos nosotros" y el hecho cierto y real es que acabas de falsificar un documento privado entre las partes.

Con nosotros que no cuenten para este tipo de fullerías.

Y por otra parte sepa usted que los objetivos de un año se ponen antes de que finalice Diciembre del año anterior, de forma que cuando uno se despierta el 1 de enero sepa en que dirección dirigirse y con qué condiciones. Eso de poner objetivos el 13 de Octubre de ese año en curso con todo el "pescao" vendido y cuando ya se sabe a ciencia cierta que cifra ponerte para que no llegues y no consigas esa parte de tu salario se llama juego sucio y es propia de malos gestores y de una política de no cuidar el talento ni a las personas. No es esto lo que se nos dijo en el Kickoff. Cuando los hechos contradicen a las palabras, mal vamos, ya que supone una andanada en la línea de flotación de la credibilidad de quien nos dirigió aquellas palabras

Este verano se reunió el Consejero con algunos departamentos para animarles y retener el talento. Ante la queja de algunos trabajadores Don Javier se comprometió a tratarlo con el Consejo porque estaba de acuerdo en que el personal no podía seguir sin cobrar su variable. Esa fórmula dependiente del EBITDA que hace multiplicar por CERO año tras año es totalmente desmotivante y requiere una revisión urgente. El documento que se nos ha dado a firmar es el mismo que el de todos los años. Aún así creemos en la palabra del Consejero y confiamos en que la plantilla vuelva a cobrar su salario variable.


domingo, 14 de diciembre de 2014

¿Te gusta la paella? Pues haz las maletas porque te vas a Valencia.

La empresa va a proceder a dar traslado del centro de trabajo a 9 trabajadores desde Madrid a Valencia durante 3 años.

Antes de que se nos olvide, decirte que tú eres uno de ellos. Así que ve haciendo la maleta y despidiéndote de tu familia y amigos para romper con tus raíces y tu plan de vida personal y vital.

Cuando te notifiquen la decisión de traslado, tendrás derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de tu contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades

¿Te hemos despertado ya de tu letargo? ¿Te hemos sacado ya de tu zona de confort? Porque aquí parece que si no te afecta a ti directamente, te es indiferente. Pero has de saber que en cuanto se consolide cualquier abuso empresarial, el próximo puedes ser tú.

Porque no nos engañemos, no existe ningún departamento de “desasignados”. No existe ninguna categoría profesional denominada “los que vienen del ERTE”. No es admisible resignarse y caer en que estaba cantado que si venías del ERTE significaba que tienes que morirte (laboralmente hablando).

El compañero que tienes en la mesa de al lado es igual que tú y tiene los mismos derechos que tú. Y está aquí porque ha firmado un contrato laboral igual que tú. Y lo mismo que tú, tiene derecho a la vida (laboralmente hablando). Y tiene derecho a la ocupación efectiva lo mismo que tú.

Naturalmente que un empresario puede finalizar la relación contractual con cualquier trabajador. Y lo hará con las condiciones que marca la ley, 45 días por año trabajado hasta febrero de 2012 y a partir de esa fecha 33 días por año trabajado hasta el día de la extinción del contrato, con un máximo de 24 mensualidades.

Lo que no es de recibo es que una de las partes, la empresa, desee extinguir un contrato, y se base en argucias legales a ver si consigue que por puro cansancio seas tú quien quiera irse, o en cualquier caso disminuir la indemnización a su mínima expresión. Con esta maniobra aspiran a que te vayas con 20 días, máximo 12 meses.

El artículo 40 del ET (Estatuto de los Trabajadores) que más abajo te incluimos, obliga a que para realizar una medida de este tipo han de existir razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Ya sabes por los últimos comunicados de la empresa que razones económicas no hay. Ya escuchaste en el Kickoff al Consejero decir que ya es hora de cuidar a las persona y retener el talento. La época de los recortes ya ha pasado y es historia.

A quienes están atacando ahora es a 9 analistas de sistemas. Y esos que presumen de haber reasignado a más de mil personas en menos de dos años, se declaran incompetentes para dar trabajo efectivo en su especialidad a 9 analistas de sistemas. El argumento que siempre se escucha es que si estas especializado en tal versión de tal entorno de programación, las vacantes que existen son justamente de otra versión que tú no conoces y que no hay tiempo para formarte en esa nueva versión porque se necesita a alguien para mañana. Y sin embargo ahora curiosamente sostienen que estos 9 analistas de sistemas, que cada uno viene de su padre y de su madre, resulta que todos ellos satisfacen plenamente los requisitos para este proyecto en Valencia. Lo cual suena increíble.

Claramente pensarás que se van a trabajar a casa del cliente por exigencia de éste, ¿verdad? Pues tampoco. Se van a trabajar en mesas del centro de trabajo de Tecnocom en Valencia a escribir código desde dichas mesas.

Tarea que se puede realizar perfectamente desde cualquier puesto de trabajo, incluido el de sus centros de trabajo actuales en Madrid, ya estén en Miguel Yuste o en Josefa Valcárcel, o incluso desde el Teletrabajo. Otra cosa serían las reuniones periódicas que haya que tener o bien su jefe de proyecto que hará de portavoz ante el cliente defendiendo cómo va el desarrollo.

No dándose ni razones económicas, ni técnicas ni de producción todo apunta a que este caso no le va a durar a un inspector de trabajo ni dos telediarios.

La alternativa es que toda esta maniobra sea una escenificación “poli bueno-poli malo” entre la empresa y alguna agrupación sindical a quien presuntamente favorece sistemáticamente la empresa. De forma que a continuación veremos a los salvapatrias con una detonación controlada y un acto de conciliación con la empresa preacordado en sus términos, lo que supondría un lavado de imagen para ellos tan necesario como oportuno dado que hay que tener siempre presente lo cercano de la época de elecciones en TES, y todo esto nos suena a que está perfectamente orquestado como operación de maquillaje y precampaña.

Pan y Circo. El espectáculo está servido.

Ya sea una variante u otra lo que nos va a tocar vivir, resulta una campaña navideña  vergonzosa la que nos ha regalado Tecnocom justo después de enviar su mensaje solidario junto con Cáritas, y a continuación Tecnocom ejecutando esta iniciativa para desmembrar las familias de los trabajadores de Tecnocom.

Nuestra función es defender los intereses de los trabajadores, y como se ha comentado más arriba, todos tenemos derecho a la vida, todos, por lo que defenderemos mantener el empleo de todos hasta el extremo. Abandonar a un compañero, jamás. Las soluciones que se encuentren se fundamentarán en mantenernos todos juntos, pero pensar en sacrificar a unos pocos para que se salven otros con la política del mal menor que usan otros, ni hablar. Todos tenemos derecho a la vida. Como dirían los Marines (Semper Fidelis) "We leave no man behind": No dejamos a nadie atrás.

Somos de los que pensamos que Jack cabía en el tablón de madera. Fue una mala negociación por parte de Rose decidir sacrificarlo:






Artículo 40. Movilidad geográfica.
Ap. 1 modificado por art. 11.1 de Ley 3/2012, de 6 de julio
1. El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad empresarial.

La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.

Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se convengan entre las partes, que nunca será inferior a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos.

Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación citado, el trabajador que no habiendo optado por la extinción de su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. La sentencia declarará el traslado justificado o injustificado y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reincorporado al centro de trabajo de origen.

Cuando, con objeto de eludir las previsiones contenidas en el apartado siguiente de este artículo, la empresa realice traslados en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales allí señalados, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichos nuevos traslados se considerarán efectuados en fraude de ley y serán declarados nulos y sin efecto.

Ap. 2 modificado por art. 11.2 de Ley 3/2012, de 6 de julio
2. El traslado a que se refiere el apartado anterior deberá ir precedido de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a quince días, cuando afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de cinco trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de noventa días comprenda a un número de trabajadores de, al menos:
a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
b) El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.

La intervención como interlocutores ante la dirección de la empresa en el procedimiento de consultas corresponderá a las secciones sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que sumen la mayoría de los miembros del comité de empresa o entre los delegados de personal.

Dicho período de consultas deberá versar sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados.

La apertura del período de consultas y las posiciones de las partes tras su conclusión deberán ser notificadas a la autoridad laboral para su conocimiento.

Durante el período de consultas, las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo.

Dicho acuerdo requerirá la conformidad de la mayoría de los miembros del comité o comités de empresa, de los delegados de personal, en su caso, o de representaciones sindicales, si las hubiere, que, en su conjunto, representen a la mayoría de aquéllos.

En los supuestos de ausencia de representación legal de los trabajadores en la empresa, éstos podrán atribuir su representación a una comisión designada conforme a lo dispuesto en el artículo 41.4.

Tras la finalización del período de consultas el empresario notificará a los trabajadores su decisión sobre el traslado, que se regirá a todos los efectos por lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo.

Contra las decisiones a que se refiere el presente apartado se podrá reclamar en conflicto colectivo, sin perjuicio de la acción individual prevista en el apartado 1 de este artículo. La interposición del conflicto paralizará la tramitación de las acciones individuales iniciadas, hasta su resolución.

El acuerdo con los representantes legales de los trabajadores en el período de consultas se entenderá sin perjuicio del derecho de los trabajadores afectados al ejercicio de la opción prevista en el párrafo tercero del apartado 1 de este artículo.

El empresario y la representación legal de los trabajadores podrán acordar en cualquier momento la sustitución del período de consultas a que se refiere este apartado por la aplicación del procedimiento de mediación o arbitraje que sea de aplicación en el ámbito de la empresa, que deberá desarrollarse dentro del plazo máximo señalado para dicho período.

Ap. 3 ter añadido por art. 11.3 de Ley 3/2012, de 6 de julio
3 ter. Para hacer efectivo su derecho de protección a la salud, los trabajadores con discapacidad que acrediten la necesidad de recibir fuera de su localidad un tratamiento de rehabilitación, físico o psicológico relacionado con su discapacidad, tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional, que la empresa tuviera vacante en otro de sus centros de trabajo en una localidad en que sea más accesible dicho tratamiento, en los términos y condiciones establecidos en el apartado anterior para las trabajadoras víctimas de violencia de género y para las víctimas del terrorismo.

Ap. 3 bis modificado por disp. final 15.3 de Ley 3/2012, de 6 de julio
3 bis. Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terrorismo que se vean obligados a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venían prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.

En tales supuestos, la empresa estará obligada a comunicar a los trabajadores las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro.

El traslado o el cambio de centro de trabajo tendrá una duración inicial de seis meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto de trabajo que anteriormente ocupaban los trabajadores.

Terminado este período, los trabajadores podrán optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior o la continuidad en el nuevo. En este último caso, decaerá la mencionada obligación de reserva.

4. Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que estos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, abonando, además de los salarios, los gastos de viaje y las dietas.

El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad, que no podrá ser inferior a cinco días laborables en el caso de desplazamientos de duración superior a tres meses; en este último supuesto, el trabajador tendrá derecho a un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.

Contra la orden de desplazamiento, sin perjuicio de su ejecutividad, podrá recurrir el trabajador en los mismos términos previstos en el apartado 1 de este artículo para los traslados.

Los desplazamientos cuya duración en un período de tres años exceda de doce meses tendrán, a todos los efectos, el tratamiento previsto en esta Ley para los traslados.

Ap. 5 modificado por art. 11.4 de Ley 3/2012, de 6 de julio
5. Los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en los puestos de trabajo a que se refiere este artículo. Mediante convenio colectivo o acuerdo alcanzado durante el período de consultas se podrán establecer prioridades de permanencia a favor de trabajadores de otros colectivos, tales como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad o personas con discapacidad.


Lucha por lo tuyo. En la renovada FeS-UGT Madrid encontrarás el apoyo para hacerlo.





sábado, 13 de diciembre de 2014

Decisión de FeS-UGT respecto a la Comisión de Empleabilidad

En referencia a la "Comisión de Empleabilidad" establecida en el Convenio Colectivo de Tecnocom España Solutions, Tecnocom Telecomunicaciones y Energía y Tecnocom SyA publicado en el BOE (fecha 28 de Junio de 2013) con código de convenio número 90100133012013, en concreto en su "Sección 5ª.- Estabilidad en el Empleo" y apartado "5.2.-Comisión de Empleabilidad", desde la Federación Estatal de Servicios de UGT se ha trasladado a la empresa con fecha 11 de Diciembre de 2014 la resolución adoptada respecto a nuestra presencia en la citada Comisión de Empleabilidad.


Como sois conocedores, recientemente se ha denunciado por nuestra parte el Convenio Colectivo de Tecnocom España Solutions, Tecnocom Telecomunicaciones y Energía y Tecnocom SyA y por lo tanto se constituirá en próximas fechas la mesa negociadora del mismo.


Es por este motivo principal por el que hemos comunicado formalmente y por escrito, el pasado día 11 de Diciembre de 2014 a las partes firmantes del citado Convenio, la decisión de FeS-UGT de dejar de asistir a las reuniones que en lo sucesivo se convoquen de la mencionada "Comisión de Empleabilidad".


jueves, 11 de diciembre de 2014

Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado: AEC Y SU CONCEPTO “MARCA ESPAÑA”: ¿Y ÉSTOS, DE QUÉ VAN?


AEC Y SU CONCEPTO “MARCA ESPAÑA”:
¿Y ÉSTOS, DE QUÉ VAN?

En el día de ayer tuvo lugar una nueva reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado. En esta ocasión la AEC tampoco ha aportado nada más en lo que se refiere a tiempo de trabajo. Según ellos, como no ha habido avances (que les puedan satisfacer) es mejor pasar a otro bloque de la negociación. Para FeS-UGT evidentemente ha habido avances en cuanto al proceso negociador, al haberse generado una dinámica interna de la propia mesa en cuanto a que, por fin, ya se debate (incluso en ocasiones acaloradamente por nuestra parte, claro) sobre aspectos concretos de nuestro convenio sectorial (vamos, lo habitual en cualquier proceso negociador…).

Para terminar el año, la AEC se ha quedado bien a gusto presentándonos una propuesta de tablas salariales que sonrojaría al más esclavista de los empresarios. Proponen un salario base inferior al actual (esta es su “Marca España”). En algún caso hablaríamos de salario base de 2003.

PERO, ¿QUÉ TOMADURA DE PELO ES ESTA? ASÍ ES CÓMO QUIEREN QUE SEAMOS “COMPETITIVOS”

Parece ser que esta es la brillante solución de nuestros sesudos empresarios patrios, centrados únicamente en los intereses de sus multinacionales, al principal problema que asola el sector: la competencia desleal. Como han aparecido decenas de empresas de servicios con salarios “de exclusión social”, la cuestión para ellos se resuelve sumando más trabajadores a la cloaca.

En FeS-UGT DECIMOS…¡NO!

Este problema no se soluciona de esta manera. Con nosotros que no cuenten para bajar los salarios a los trabajadores.

Las sucesivas reformas laborales han hecho crecerse a los amos de las plantaciones. Han perdido el pudor, se han desinhibido y se muestran como son. Así, ni brotes verdes, ni raíces vigorosas. Con esta mentalidad medieval y cortoplacista, ni el sector ni el país pueden salir adelante.

Como anticipamos, y al ritmo de negociación impuesto, el convenio no se va a firmar antes de la finalización de 2014. Por ello, se ha pactado una nueva prórroga de negociación que, en esta ocasión, es hasta el 31 de enero de 2015, pese a que en nuestra opinión, este nuevo plazo tampoco servirá para debatir los bloques negociadores importantes que quedan por delante. La AEC ha decidido que son mejores las prórrogas cortas para que no nos durmamos negociando, cuando precisamente son ellos los que ponen todo tipo de cortapisas para agendar una mayor frecuencia de reuniones. Otra deslumbrante ocurrencia de la patronal para alcanzar un acuerdo definitivo.

La próxima sesión será el 13 de enero de 2015 y en ella también se tratarán, esperamos que esta vez sí, temas concernientes a Estudios de Mercado.

PARA FeS-UGT ESTA ÚLTIMA REUNIÓN HA SUPUESTO UNA MARCHA ATRÁS MUY IMPORTANTE EN LA NEGOCIACIÓN.

UGT llama a todos los trabajadores del Sector a participar en nuestro proyecto sindical de eficacia y firmeza, de RESPONSABILIDAD y participación.






miércoles, 10 de diciembre de 2014

Construye tu propio Convenio Colectivo

Estamos todos hartos de tantos recortes. Por eso FeS-UGT ha dicho ¡BASTA!




Como ya os hemos informado, se va abrir un nuevo proceso de negociación del convenio colectivo, el cual hemos denunciado en tiempo y forma según está contemplado.

Ante este nuevo escenario tienes la oportunidad de ser protagonista, haciéndonos partícipes de tus opiniones, necesidades y expectativas para así poder plantear unos objetivos concretos de mejoras sustanciales de las condiciones de trabajo de todos los compañeros.

Es el momento de participar, de aportar ideas, de comunicar todo lo que te preocupa y condiciona respecto a los derechos que se recogen en el Convenio Colectivo de Tecnocom.

Estas negociaciones que van a comenzar se harán bajo el principio de buena fe, ya que tanto la empresa como la parte social estamos obligados a ello.

El resultado final, no se ha de firmar sin vuestro respaldo mayoritario. El Convenio Colectivo es vuestro, os afecta a vosotros.

Lo normal sería que un representante consulte a su representado cuáles son sus intereses antes de reunirse con la otra parte para transmitirlos y defenderlos. Sin embargo en Tecnocom, históricamente se han montado asambleas informativas cuando ya estaba todo negociado y preacordado con la empresa, o incluso no se han celebrado, como en la segunda fase del convenio actual, “¿para qué se iba a consultar nada a los trabajadores?” pensarían los que ostentan la mayoría. Pués justamente porque se les representa a ellos, decimos nosotros desde la renovada FeS-UGT en Tecnocom Madrid y son sus intereses los que hay que defender y no otros, y para conocerlos hay que dialogar con los trabajadores, comunicarse con ellos, visitarles si están desplazados, establecer canales de comunicación basados en la confianza.

Lo que es significativo es que nunca antes se haya hecho. Sin embargo, en la renovada FeS-UGT en Madrid tenemos muy claro cuál es el rol de un representante. 

Por eso necesitamos de vuestra participación, que nos indiquéis cuales son vuestras reivindicaciones. Algo tendrás que decir, puesto que son puntos que afectan directamente a tu relación laboral con la empresa. Alguna opinión tendréis sobre lo que sobra, lo que falta o lo que modificaríais para reflejar más fielmente vuestros intereses.

Para facilitarte el localizar los documentos de los que estamos hablando aquí te indicamos los enlaces oficiales:



Y aquí te indicamos alguno de los artículos a negociar:


  •  1.4 Ámbito Personal
  •  2.1 Jornada laboral y Horarios
  •  2.3 Vacaciones
  •  2.4 Distribución irregular de la jornada y flexibilidad horaria
  •  3.1  Revisión salarial
  •  3.2 Premio por ahorro de costes de inactividad temporal
  • 3.3 Clasificación de grupos profesionales
  • 3.5 Horas extraordinarias
  • 3.6 Absentismo laboral
  • 3.7 Disponibilidades e Intervenciones
  • 4.1 Ayuda a Estudios
  • 4.3 Armonización de la vida laboral y familiar
  • 4.9 Fondo social para los empleados
  • Sección 5ª. Estabilidad en el empleo
  • 5.2 Comisión de Empleabilidad
  • Sección 6ª. Plan de Igualdad
  • Sección 7ª. Derechos de la Representación Legal de los Trabajadores
  • 7.2 Acceso al correo electrónico
  • 7.3 Proponer candidatos/as a elecciones para cubrir los puestos del Comité de Empresa
  • 7.4 Comité de Seguimiento
  • 7.5 Bolsa de horas sindicales
  • Sección 8ª. Dietas y Desplazamientos
  • Sección 9ª. Formación
  • Sección 10ª. Prevención de riesgos
  • Sección 11ª. Teletrabajo
  • Dietas, desplazamientos y Pluses
  • Turnicidad y Nocturnidad
  • Formación
  • Prevención
  • Jornadas especiales Latinoamérica
  • Remuneración
  • Complemento absorbible
  • Régimen disciplinario
  • Teletrabajo
  • Antigüedad


No hace falta que nos digáis que estáis hartos de ver a la parte social desunida, que vosotros esperabais que vuestros representantes sindicales tuviesen una sola voz en defensa de los intereses de los trabajadores. Eso son dos cosas y entendemos como prioritaria la segunda. Damos por hecho que no nos queréis ver unidos con quienes defienden los intereses de la empresa.

Por eso principalmente observáis desunión en la parte social. Los que tenemos claro que nuestra función es representar y defender los intereses del trabajador nunca aceptaremos unirnos a quien defiende los recortes para el trabajador.

Podéis escribirnos tanto al buzón oficial en Tecnocom s-sincical-UGT@tecnocom.es como al privado en Gmail por si no queréis que vuestros comentarios pasen por los servidores de la empresa. Si estáis desplazados y os sentís más cómodos si os visitamos, así lo haremos, pero no para soltar ningún discurso sino para escucharos y tomar buena nota de vuestras reivindicaciones.


Lucha por lo tuyo. En la renovada FeS-UGT Madrid encontrarás el apoyo para hacerlo.