UGT rechaza el proyecto de Ley de Mutuas, aprobado hoy por el Consejo de
Ministros, pues prima los intereses económicos frente a los trabajadores,
comprometiendo sus derechos a la protección social y a la recuperación de la
salud. Esta reforma, que supone un nuevo recorte en los derechos de los
trabajadores, da más poder a las Mutuas en el control de las bajas médicas, de
tal forma que se convierten en policías y fiscales de los trabajadores y de los
médicos de los servicios públicos de salud. Tampoco corrige la falta de
transparencia en la gestión de las mutuas (se menoscaba la participación
sindical en el control y seguimiento de las mismas), supone una privatización
parcial del sistema de Seguridad Social y de la Sanidad y perjudica a los
propios trabajadores de estas entidades, constituidas por asociaciones de
empresarios, “sin ánimo de lucro”. Por todo ello, UGT exige la retirada de esta
reforma hasta que no se conozcan las cuentas de las Mutuas y que el Ejecutivo
demuestre su voluntad de diálogo social buscando el consenso en esta materia.
Una vez más tenemos que lamentar que el Gobierno ahonde en la senda de la
privatización del Sistema público de protección social y de la Sanidad, en este
caso, mediante la nueva regulación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales. Una reforma que vuelve a recortar derechos de los
trabajadores y trabajadoras y a más largo plazo de los pensionistas (no
olvidemos que los excedentes generados por las Mutuas están contribuyendo en la
actualidad al pago de pensiones).
A través de esta norma se pretende hacer uso de las Mutuas como si fueran
“un juguete” de la Administración, pudiendo endosarles a su libre albedrío
cualquier prestación, y a las que puede dirigir bajo rango de ley para escapar
con más facilidad del control jurisdiccional. Así, este anteproyecto de ley:
Ø Obstaculiza la vigilancia, el seguimiento y la
intervención pública, en la gestión de la parte de las cotizaciones sociales de
trabajadores y empresarios que les
son transferidas a las Mutuas por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Ø Permite la creación de diversos fondos como la Reserva
Complementaria, cuyos recursos se podrán destinar al pago de excesos de gastos
de la administración (lugar por el
que se pueden evitar muchos de los controles económicos), de gastos procesales
y de sanciones administrativas. Estas medidas no son de recibo, cuando escasea
el dinero para el pago de las pensiones, pero parece que sí lo hay para
financiar las multas de estas entidades.
Ø Aumenta la capacidad y el poder de las Mutuas, que
podrán controlar desde el primer día no solo la contingencia profesional, como
ocurre en la actualidad, sino
también la común (enfermedad común y accidente no laboral), entre el primer día
y el decimoquinto día de la baja médica. Anteriormente este control solo lo
podía realizar desde el decimosexto día.
· Podrán denegar, suspender, anular, e incluso
declarar la extinción de la prestación económica de la IT común sin perjuicio
del control sanitario de las altas y bajas médicas por parte de los servicios
públicos de salud. Es decir, el trabajador recibirá asistencia sanitaria, pero
no verá ni un euro, salvo que se reincorpore al puesto de trabajo a pesar de
estar enfermo.
· A esto hay que añadir que en caso de
incomparecencia del trabajador a un llamamiento realizado por la Mutua o por la
Inspección Médica, automáticamente se retirará la prestación económica, lo que
quiere decir que se presupone la mala fe del trabajador. Tan solo se repondrá
el derecho una vez que la Mutua haya comprobado la existencia de justificación.
· Además en el procedimiento se aparta al médico de
atención primaria (también conocido como médico de familia), pues se faculta a
la Mutua para que haga propuesta de alta médica dirigida a la Inspección Médica
de los Servicios Públicos de Salud; si la Mutua no queda conforme con la
respuesta de dicha inspección, la Mutua podrá solicitar la emisión del parte de
alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social o al Instituto Social de la
Marina, y todo ello sin pasar por el médico de familia.
Ø Convierte a las Mutuas en policías y fiscales de los
trabajadores y de los Médicos de los Servicios Públicos de Salud. La ley de
Mutuas vuelve a confundir de
forma inadecuada y torticera la incapacidad laboral con el absentismo laboral
injustificado (una cuestión que en cualquier caso corresponde al ámbito de la
negociación colectiva). La ministra de Sanidad, Ana Mato, debería revisar una
normativa que encomienda a los profesionales médicos de las mutuas la función
de policías y posteriormente de fiscal ante los profesionales médicos del SNS.
Ø Como todos los recortes, que viene realizando el
Gobierno, se anteponen los intereses económicos a los de los trabajadores, en
este caso comprometiendo su
protección social y la recuperación de la salud. El anteproyecto de ley a
través del que se pretende regular a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, tiene como únicos
beneficiarios a las propias MATEPSS y a los Administradores de la Seguridad
Social y como principales perjudicados a los trabajadores (incluidos los de las
Mutuas y Sociedades de Prevención de éstas), que van a volver a sufrir
importantes mermas de sus derechos.
Ø Genera desigualdades en el conjunto del sistema y
especialmente, en relación con la gestión de la Incapacidad Temporal,
discriminando al paciente en cuanto
a las prestaciones económicas y las prestaciones sanitarias. Por ejemplo, se
concede un privilegio más a las Mutuas que supondrá una incertidumbre más para
los trabajadores, consistente en que durante el plazo de dos meses siguientes a
la liquidación y pago del subsidio, los pagos que se realicen tendrán carácter
provisional, pudiendo las Mutuas regularizar los pagos provisionales, que
adquirirán el carácter de definitivos cuando transcurra el mencionado plazo de
dos meses.
Ø No se plantea la participación de los trabajadores y
sus representantes en la elección de la Mutua o en la elección de facultativo y
menoscaba la participación
Sindical en los órganos de control y seguimiento, así como en las comisiones de
prestaciones especiales.
Ø Se produce una modificación sustancial del sistema
preventivo obligando a la venta, en un periodo record de unos meses, de las
Sociedades de Prevención
pertenecientes a las Mutuas, dicha modificación se realiza sin informe de la
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; lo que pone en riesgo la
prevención en las empresas, en un momento en que la siniestralidad ha iniciado
un repunte muy preocupante. La mayor parte de los trabajadores de las
Sociedades de Prevención pasaron de la Mutua a dichas Sociedades pero en esta
norma no se les permite regresar a las Mutuas de origen, esto genera
inestabilidad en sus puestos de trabajo y, todo ello, se hace sin la más mínima
transparencia.
Ø Insiste en la naturaleza privada de estas entidades, y
en un alarde de ambigüedad se les sitúa en el sector público estatal de
carácter administrativo, lo
que asegura una gran dificultad a la hora de recurrir a la vía judicial, pues
los Tribunales pondrán el acento bien en una dimensión bien en otra, lo que
generará conflictividad e incertidumbre.
Ø Genera incertidumbres porque en la norma prácticamente
todo queda abierto a un posterior desarrollo reglamentario, esto deja entrever
que no se tiene claro cómo hacer lo
que se pretende.
Por ello, desde UGT solicitamos la retirada del anteproyecto de Ley por el
que se establece una nueva regulación respecto de las Mutuas de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales y reivindicamos la recuperación, en
exclusiva, de forma total y directa, de las competencias y funciones sobre la
gestión de la Incapacidad Temporal, por el Sistema de la Seguridad Social y el
Sistema Público de Salud. Únicos entidades públicas que garantizan y aseguran
la igualdad, la no discriminación, la suficiencia de las prestaciones y la
prevalencia de la integridad física y la salud del trabajador frente a
criterios economicistas o de selección de riesgos, más propios del
aseguramiento privado.
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