domingo, 22 de febrero de 2015

MEMORIA DE UNA LARGA NOCHE LLENA DE PESADILLAS

Los que olvidan el pasado están condenados a repetirlo.
Jorge Santayana. Filósofo y escritor español.



 Hemos entrado en campaña electoral. Durante cuatro semanas, las distintas opciones sindicales os harán llegar sus propuestas y deseos. Es legítimo. Nosotros queremos primero compartir con vosotros una reflexión, algo que nos ayude a situarnos para entender cómo hemos llegado aquí y el por qué de la situación actual. No es un ejercicio absurdo ni trivial. Desde Confucio, que sentenció “Estudia el pasado si quieres pronosticar el futuro”, pasando por Spinoza (“Si no quieres repetir el pasado, estúdialo”), Shakespeare (“El pasado es un prólogo”), hasta nuestro Donoso Cortés (“En el pasado está la historia del futuro”), la Historia nos ayuda a entender el presente.

La historia sindical de nuestra compañía es un auténtico libro de enseñanzas. Muchos podrán decir que la interpretación de los hechos es siempre subjetiva. La interpretación sí, pero los hechos no. Los hechos son puros y están ahí, pueden contrastarse en los documentos. Para no hacer interminable este comunicado, vemos a dejar la simple relación de los hechos. Quien quiera aclaraciones o ampliaciones puede solicitárnoslo. Será un placer.

Los “momentos históricos” de TECNOCOM


  • Cuando Tecnocom compra la antigua Getronics, ésta disponía de un Convenio Colectivo que era un ejemplo para todo el sector de las TIC. Se había conseguido tras años de lucha por nuestros antecesores que venían de Olivetti y muchos de los actuales candidatos que habían formado el primer Comité de CP Software.


  •  En 2008, la primera actuación de Tecnocom fue preparar un sarcástico “Plan de Empleo” para prejubilar y despedir a 175 compañeros, de los más antiguos y con mayor experiencia de la Compañía. En muchos comunicados dimos nuestra opinión y es seguro que todos tendréis la vuestra. Pero el hecho puro y frío es que en sus documentos se pueden ver las firmas de las personas que aceptaron aquello.


  • Aquella barbaridad produjo una fractura absoluta entre TODOS los delegados de CCOO en Madrid y su Secretario General, Javier Valiente. Para no ser cómplices de la “nueva forma de hacer sindicalismo” de CCOO, la fractura llevó pocos meses después a que esos delegados “rebeldes” abandonaran el sindicato, tras años de trabajo y tener cargos en la Unión Sindical de Madrid Región. Ahora nos enteramos gracias a una investigación del diario El País, que aquél mismo año, el citado J. Valiente cobró un sobresueldo de CCOO de 8.350,26 euros. Seguramente, todo tan legal –más allá de valoraciones morales- como desconocido para los que allí estaban. El segundo sindicato estaba dirigido por los señores Salvador Rey y Jesús Martínez Carralero. El primero se fue con una buena prejubilación y el segundo seguirá siendo protagonista en los siguientes años.


  • En el año 2009 se negociaba el nuevo Convenio Colectivo de TES. Un convenio que la Dirección rechazaba y maniobraría hasta su completa liquidación. Ese año, CCOO, ya sin los delegados “díscolos”, renunció (dijo que temporalmente, pero luego se demostró que para siempre) a las subidas de sueldos para todos los compañeros en función del IPC. Se perdía así, la posibilidad del mantenimiento dentro de lo posible, de la capacidad adquisitiva de los salarios. Firmaron, nuevamente, la sección sindical dirigida por Jesús Martínez Carralero (en nombre de UGT) y Javier Valiente en nombre de CCOO. La misma investigación de El País nos revela que ese año, éste último cobró un sobresueldo de 3.772,86 euros del sindicato, además de una partida de “ayuda directa” de Tecnocom a la sección sindical de CCOO de 1.474,62 euros supuestamente para la compra de ordenadores portátiles. Sin comentarios…

  • Salvando las habituales “incidencias” a las que nos acostumbra la Dirección de Tecnocom (goteo de despidos EREs encubiertos mientras se contrata o subcontrata, aumento de la represión, ninguneo del Comité de Empresa, traslados a otras compañías del Grupo –TGS-, novación de contratos, etc.), nos vamos a 2010. Es en aquellos días cuando toma cuerpo la campaña de insidias y difamaciones contra los delegados escindidos de CCOO, en la que en vez de recibir la solidaridad de unos compañeros que les conocen y una empresa para la que trabajan, todo sirve y se utiliza para difamarlos. Y hay que decirlo, la Dirección ha


  • En 2011 hubo elecciones sindicales a las que se presentaron como STIC. Solos, sin un aparato sindical en que apoyarse y sin más financiación que las cuotas, en estos años han tenido que hacer frente a todo, incluido procesos judiciales ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. En esas elecciones, la Compañía y sus “amigos sindicales” se llevan la amarga sorpresa de que los trabajadores en Madrid dieron a STIC 3 delegados en Miguel Yuste y la mayoría en Josefa Valcárcel. Pero solos, sin poder expandirse en el resto de España, sin un solo puesto en NINGUNA de las mesas de negociación o de las comisiones creadas para decidir el futuro de las condiciones laborales, siempre difamados… pero resistiendo.


  • Al año siguiente, simultáneamente al nuevo Convenio de TES se plantea el Convenio de Grupo. La Compañía se dispone a dar el tiro de gracia al Convenio de TES a cambio de unas mejoras rebajadas. Para ello, se incluye una cláusula (Art. 7.1 ) en el convenio de TES de entonces, donde cualquier cosa que se trate en el Convenio de Grupo PREVALECERÁ sobre lo anterior (EN LO QUE SE AMPARA LA COMPAÑÍA ACTUALMENTE PARA NO ABONAR LOS TRIENIOS DE ANTIGÜEDAD) . Ya está… El Convenio de TES había sido condenado a morir. Los firmantes… los mismos protagonistas. Según El País, el señor Valiente cobró ese año 3.844,34 euros de sobresueldo del sindicato CCOO.


  • En 2013, a medida que avanzan las “negociaciones” del Convenio de Grupo, con recortes de condiciones por las que ya habíamos pagado en el pasado, la Compañía inicia un primer ERTE y 250 trabajadores se ven afectados. STIC y CGT acuden a la Audiencia Nacional. Pero los jueces sentenciaron de forma sencilla: El ERTE es correcto, entre otras cosas, porque viene firmado por más del 80% de la representación sindical. Es decir, por las CCOO de Javier Valiente y la UGT de Jesús Martínez Carralero y Francisco Crisenti. A pesar de ello, y con pocas esperanzas, recurren al Tribunal Supremo. Se creó la Comisión de Empleabilidad, auténtica herramienta de terror empresarial que gestionaban NOMINALMENTE representantes de la Compañía, personas designadas por CCOO y los “ugteros” Jesús Martínez Carralero y Francisco Crisenti.


  • En 2014, nuevo ERTE y un ERE para “liquidar” a buena parte de los compañeros afectados por el ERTE del año anterior. Una novedad, en este ERTE se incluyen por primera vez a representantes de los trabajadores. De hecho, DOS de los CINCO representantes de STIC de Miguel Yuste se tienen que ir 8 meses a su casa. La Comisión de Empleabilidad es un infierno donde se modifica su reglamento innumerables veces. Sus actas son secretas. Sus miembros son nominales y perpetuos. Se ha llegado a ofrecer entrar en el ERTE como "premio" a quien a ellos les convenga. Se acepta que se "desasignen" a compañeros para entrar en la Comisión. Y para colmo, el Convenio otorga a esta Comision de Empleabilidad y a otras Comisiones unas cantidades de dinero a "gestionar" por "los firmantes" (aunque no se informa sobre su destino, ni se ve una factura). En total hablamos de la bonita cantidad de más de 212.000 euros ANUALES), etc. La cosa llega hasta tal punto que se produce una auténtica REBELIÓN en UGT-TTE para acabar con esa situación. Francisco Crisenti y Jesús Martínez Carralero son expedientados por ir en contra de las resoluciones tomadas en el sindicato (para ver una historia más completa, imprescindible leer el blog: http://seccionsindicaltecnocomugtmadrid.blogspot.com.es/2014/12/luz-y-taquigrafos.html). Por fin, desde STIC, ven una posibilidad de agrupar esfuerzos en la dirección que creemos adecuada para defender los derechos de los trabajadores. Así se produce el vuelco en UGT-TES, ya con la presencia DE LOS COMPAÑEROS DE STIC en la renovada sección sindical de UGT.

Conclusión
De esta forma, llegamos a estas elecciones. Los compañeros de STIC que en su día abandonaron CCOO, sin sobresueldos ni “ayudas”, perseguidos por ser los “malos de las películas”, hacen causa ahora junto a los compañeros que impulsan una UGT depurada y dispuesta a seguir la lucha sin los lastres del pasado.

Ahora eres tú, compañero, quien debe hacer el repaso de esta historia, quien tiene que rebuscar en tu memoria y apelar a tu propia responsabilidad. Pensemos que todo lo ocurrido ha sido con la complicidad de todos, porque mayoritariamente nuestros VOTOS han ido para los de siempre… Ten presente:

Si el próximo 24 de marzo TU VOTO va a los de siempre, las cosas se harán como siempre,…

y los resultados serán los de siempre


Puedes comprobar en los siguientes enlaces, la evidencia material de algunas cosas que decimos.

Acta de pre-acuerdo ERE 2014
Acta 5 - Convenio Tecnocom 2012
Convenio Colectivo 2013-2014
Acta Reglamento de Empleabilidad





jueves, 19 de febrero de 2015

Sobresueldos de la patronal a CC.OO.

Muchos de vosotros ya estáis al tanto de las noticias que han salido este fin de semana en El País, donde se indica que la Banca pagaba sobresueldos a los delegados de CC.OO.

No se refieren a la directiva, ni al servicio jurídico ni a los economistas, no, los pagos a los que se refiere este artículo se han realizado a los delegados, los que se sentaban luego a negociar los ERES en condiciones a la baja para los trabajadores.

Veréis en el artículo de este diario con tirada nacional que una de las personas implicadas es Javier Valiente, el Secretario General de CC.OO. en Tecnocom y que lejos de dimitir se presenta de nuevo a las elecciones de marzo en TES Madrid.


LA CONTABILIDAD DE COMFIA-CCOO EN EL DIARIO EL PAÍS –


CC OO de banca pagó a sus delegados 3,7 millones en sobresueldos

Comunicaremos mas detenidamente este asunto cuando lo tengamos mejor documentado, pero queríamos compartirlo con vosotros para que estéis al tanto de la catadura moral de algunos compañeros que se sientan a vuestro lado, y que han estado lucrándose con las desgracias de los trabajadores.


martes, 17 de febrero de 2015

18 de febrero JORNADA DE ACCIÓN MUNDIAL

Pincha en el siguiente enlace para ver el:


El derecho a huelga es un derecho fundamental reconocido en casi todos los países del mundo. La Confederación Sindical Internacional (CSI) ha convocado una jornada de acción mundial el próximo 18 de febrero contra la posición del grupo de empleadores en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que intentan acabar con este derecho. Las Confederaciones Sindicales de la Unión General de Trabajadores (UGT) y de Comisiones Obreras (CCOO) consideramos que en España tenemos razones suficientes para movilizarnos por este motivo. Se han criminalizado las actuaciones de 300 sindicalistas en defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, entre ellos los cinco trabajadores de Arcelor en Asturias que, tras recurrir la sentencia condenatoria que suma más de 21 años de prisión, están protagonizando diversas movilizaciones o los ocho trabajadores de Airbus en Madrid a los que el fiscal pide 64 años de cárcel. Además se está tramitando actualmente en el Congreso y en el Senado la reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana que suponen más recortes a los derechos fundamentales. 

En defensa de las libertades y del derecho de huelga

CCOO y UGT convocaremos manifestaciones el 18 de febrero en toda España porque estamos asistiendo a un retroceso inaceptable de las libertades públicas y de las vías de participación democrática. Nos oponemos a este intento de restringir derechos fundamentales, basándonos en los principios democráticos que emanan de la Constitución, y reclamamos la derogación del art. 315.3 del Código Penal, que vulnera el ejercicio del derecho de huelga. Ambas reformas incorporan nuevas restricciones al ejercicio de derechos democráticos y libertades civiles, y dan continuidad a la ofensiva contra el derecho de huelga que ha llevado a encausar a trabajadores y trabajadoras y representantes sindicales, por la defensa colectiva de sus derechos. El marcado carácter ideológico de esta reforma persigue un único objetivo: cercenar las libertades democráticas para acallar la protesta social y el ejercicio de las mismas frente a las políticas de recortes, restrictivas y antisociales del Gobierno. El proyecto del Código Penal incorpora una amplia modificación de toda una serie de figuras que se encuadran en lo que se llaman los “Delitos contra el orden público”. El derecho de reunión y el de manifestación son dos de ellos, y el derecho de huelga es una herramienta imprescindible de la libertad sindical. Criminalizar tales derechos supone convertir el conflicto social y el laboral en un continuo conflicto de orden público. La sanción penal, siempre la última en un sistema democrático, va a ser ahora la regla general, porque permitirá sancionar comportamientos que, hasta el momento, o eran irrelevantes penalmente, o solo tenían un tratamiento sancionador administrativo. Estamos en un terreno claro de endurecimiento de la respuesta penal ante las expresiones del conflicto social y las vías de protesta ciudadana. Es inaceptable que el Gobierno pretenda incorporar, a través de estas reformas, nuevas restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales que mejor definen un sistema democrático, y que son el cauce de participación social en los asuntos públicos, así como la expresión del pluralismo político e ideológico. Además, la incorporación de la prisión permanente revisable, con claros visos de inconstitucionalidad, reservada a delitos de excepcional gravedad, el sistema de medidas de seguridad, la revisión de la regulación del delito continuado, la regulación de la suspensión y de la sustitución de las penas privativas de libertad, la introducción de un nuevo régimen de suspensión, la supresión del Libro III del Có- digo Penal (Faltas y sus penas), salvo algunas faltas que se incorporan al Libro II, como delitos leves, aumentando el sistema de sanciones administrativas y civiles, no solo vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva, sino que tienen una clara finalidad de intimidación a las organizaciones convocantes de las manifestaciones, protestas y concentraciones, y también un objetivo recaudatorio. Las reformas anunciadas limitan las libertades ciudadanas y, lejos de ofrecer vías de integración y de expresión articulada de los conflictos sociales, optan por una legislación represiva.


UGT y CCOO REIVINDICAMOS: 
  • La derogación del apartado tercero del artículo 315 del Código Penal.
  • La retirada del proyecto de reforma del Código Penal y la retirada de la modificación del Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana

CCOO Y UGT LLAMAMOS A PARCICIPAR EN LAS MOVILIZACIONES QUE SE LLEVARÁN A CABO EL 18 DE FEBRERO EN TODO EL ESTADO, EN DEFENSA DEL DERECHO DE HUELGA Y DE LIBERTAD SINDICAL, ASÍ COMO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS DE NUESTRO ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO.




domingo, 15 de febrero de 2015

El Consejero Delegado tuvo que resolver otra agresión a UGT

Este martes 3 de febrero de 2015 se perdió el acceso al blog de UGT en Tecnocom


Comprobamos asimismo que sí se accedía con absoluta normalidad a la información de otras agrupaciones sindicales que igualmente publican a los trabajadores de Tecnocom, como por ejemplo las de CC.OO y CGT entre otras.

Lejos de pensar que se tratase de un acto de Censura anti-sindical dirigido a discriminar a UGT en época electoral lo que hicimos fue abrir un caso Siebel por si acaso se tratase de algún problema técnico. Nº Siebel: 1-678802209.

Nos informan los técnicos que el acceso a la dirección web de nuestro blog ha sido denegado por la empresa por lo que el proxy Cisco de salida a internet impide alcanzarla.

Dada la posible gravedad del asunto nos pusimos en contacto con RRHH para trasladarles el tema, y como nosotros no interactuamos con la empresa en secreto pusimos en copia a todos los grupos sindicales que conforman la RLT en Tecnocom sin excepción: CC.OO., CGT, ELA, CIG, STIC y USOC. Era importante que tengan conocimiento con antelación de estos hechos y su posible impacto en impugnaciones del proceso electoral y repeticiones de los mismos.

Asimismo realizamos un ruego para que la empresa se mantenga neutral en los procesos electorales sindicales y evite cualquier injerencia en la Libertad Sindical y de expresión de las partes. Si alguno de los contenidos emitidos por nuestra parte no se ajustase a la realidad, con mucho gusto atenderíamos su reclamaciones y realizaríamos un desmentido o corrección si fuese el caso.

La respuesta del Consejero Delegado ha sido instantánea y fulminante. Nos ha dado su palabra de que la compañía es absolutamente neutral en este tipo de procesos electorales. Nos ha dado su palabra de que desconocía y desaprueba las cuestiones técnicas que hayan ocurrido para que se nos haya filtrado nuestra dirección y ha dado instrucciones a RRHH para que lo resuelvan de forma inmediata, y se pidan disculpas por las molestias que se hayan podido ocasionar.

Agradecemos la celeridad del señor Martín en resolver este conflicto después de recibir nuestra nota advirtiendo de las consecuencias.

Somos críticos y ácidos cuando detectamos una injusticia, pero también somos nobles y reconocemos las cosas bien hechas y con justicia, las haga quien las haga, ya sea la empresa, CC.OO. o cualquier otra parte. No se nos caen los anillos por reconocer públicamente actuaciones correctas en otros.

A los pocos minutos teníamos de nuevo el acceso funcionando con normalidad. La razón del cierre de la incidencia que han dado los técnicos ha sido la siguiente:

El sistema de filtrado ha identificado contenido potencialmente peligroso y ha filtrado el acceso a la web. Se configura el fiiltro para que no lo bloquee. Se comprueba el acceso y es correcto.”

No. No vamos a cuestionar esta causa del cierre. Es un asunto demasiado serio como para bromear sobre ello. Nos hemos sentido violados en nuestro derecho a la Libertad Sindical. Pongamos que ha sido por un problema técnico,…., de acuerdo, lo aceptamos y damos por olvidado y no volveremos a hablar de este episodio tan desagradable vivido el día 3.

Somos un sindicato dialogante y negociador, que en situaciones de conflicto gusta de hablar con todas las partes para buscar una solución que no perjudique a nuestros representados pero también entendiendo la necesidad de la otra parte.

Todo el entorno sindical enterados de lo ocurrido nos recomendaba denunciar de inmediato. ¿Qué ha hecho UGT? Poner sobre la mesa y con testigos la problemática y dialogarlo con la empresa de buena fe. 100% de éxito para ambas partes, 0 Bajas. Tiempo de resolución: 40 minutos.

Si nos pedís nuestras segundas lecturas os mostraremos nuestra preocupación porque los mandos intermedios de RRHH y del área de Sistemas actúen a espaldas de la dirección general realizando prácticas que el empresario desconoce y desaprueba. Oficialmente las políticas de seguridad de la empresa están definidas por el área de sistemas y solo a ellos les compete establecerla. Ya.

No es bueno que alguien con poderes notariales para representar a la empresa actúe a espaldas del empresario porque sencillamente desde ese mismo momento deja de ser un interlocutor válido, pierde su credibilidad y quedan deslegitimados para tratar con la RLT.

Nos ha quedado meridianamente claro que el Consejero es el único que demuestra capacidad de decisión, con mano firme cuando toca pero también flexible cuando corresponde. Es por eso que hoy ha sido un día triste al comprobar que no todos los mandos intermedios, gerentes y directores están correctamente alineados con las directrices de la empresa. Parece evidente que se requiere de reuniones de Consejo más frecuentes y de ahí hacia abajo con las ejecutivas de cada departamento para evitar que algunos mandos intermedios sigan con el látigo con demasiada vehemencia, cuando ese tiempo y esos aires ya pasaron, ya no toca eso, pero alguno todavía no lo ha captado.

Lo ocurrido el 3 de febrero de 2015 es una muestra de que las cosas deben cambiar para que no vuelvan a suceder episodios de este tipo

Por cierto, se les dio a RRHH instrucciones claras, precisas y directas de enviar disculpas por las molestias que se hayan podido ocasionar. A esta hora todavía no nos han llegado. Estarán al caer.


sábado, 7 de febrero de 2015

UGT Sí sabe, Sí contesta

En los últimos comunicados de CC.OO. nos hacen preguntas que ya hemos respondido varias veces por lo que les podemos volver a copiar y pegar el enlace a nuestro blog donde encontrarán la respuesta, siempre y cuando no vuelva a caer un velo de origen misterioso, tal y como ocurrió recientemente, impidiendo el acceso libre al mismo igual que se tiene al resto de blogs de las diferentes agrupaciones sindicales, claro está.

Ya informamos en su día que hemos denunciado el convenio y el por qué.

http://seccionsindicaltecnocomugtmadrid.blogspot.com.es/2014/11/fes-ugt-dice-basta-denunciado-el.html


http://seccionsindicaltecnocomugtmadrid.blogspot.com.es/2014/12/que-significa-denunciar-un-convenio.html

Dicen que lo hemos hecho de forma “unilateral”. Naturalmente, siendo una de las partes firmantes del convenio somos efectivamente parte legitimada a hacerlo, y lo hemos hecho por nosotros mismos. No necesitamos pedirles permisos sobre nuestros actos.

Y respecto a “sin preaviso”, faltaría más que tengamos que avisar previamente a su sección sindical de las cosas que legítimamente estime nuestra organización sindical, ¿o acaso ellos nos dicen a UGT lo que van a hacer cuando se reúnen en las previas de las negociaciones en despachos?

Y ya la última que tenían organizada junto con RRHH es el colmo de la desfachatez acusando a otros de lo que han hecho ellos.

Esto es lo que firmaron en el Convenio CC.OO. y las personas a las que se abrió expediente de expulsión de UGT y que ya no están en nuestro Sindicato, y de cuyas consecuencias ahora se lamentan.

“1.7 Disposición transitoria
Ambas partes establecen el 31 de diciembre de 2013 como fecha tope al objeto de alcanzar acuerdos en el conjunto de las materias antes citadas. Dicho plazo puede ser ampliado por acuerdo de las partes.
En caso de desacuerdo sobre la regulación de las materias antes descritas, ambas partes se obligan a someterse a un arbitraje en el sistema de solución autónoma de conflictos correspondiente.
En cualquier caso, llegado el 31 de diciembre de 2013, el presente convenio, en la regulación y con el contenido que tenga a dicha fecha, sustituirá íntegramente y dejará sin efecto las condiciones de cualquier clase que se contienen en los convenios colectivos que TTE, TES y TSyA hubieran venido aplicando con anterioridad. De esta forma, a partir del 1 de enero de 2014 el presente convenio será la única norma colectiva de referencia por la que se regirán las relaciones laborales en las empresas, quedando sin efecto la regulación de los anteriores convenios que, con carácter transitorio, se hubieran venido aplicando hasta el 31 de diciembre de 2013.
No obstante, cualquier mejora que quede reflejada en un convenio de ámbito superior, en cómputo anual, será reflejada en este convenio.”

En UGT a los negociadores negligentes e incompetentes les hemos invitado a irse del sindicato y ya no están con nosotros, sin embargo en CC.OO. los negligentes e incompetentes se presentan a reelecciones encabezando la lista. Esa es la diferencia.

Estábamos avisados que sacarían esta historia de la antigüedad debido a la metedura de pata propia de negociadores inexpertos, que después de tantos años liberados ya podían haber empleado sus horas en formarse en técnicas de negociación y no firmar apartados como el 1.7 y otros apartados ilegales de nuestro Convenio que nos ha hecho denunciarlo para construir otro nuevo que no venga viciado. Evidentemente para hacer una tortilla hay que cascar los huevos.

Pero estos detalles no son lo importante porque seguramente ya lo tienen todo apalabrado con la empresa, van a una conciliación y Comisiones figura que ha salvado el mundo devolviendo la antigüedad a TES (y mirando para otro lado para no ver la absorción de la misma antigüedad a TTE).

Esta es la pérdida de vuestros derechos que firmó CC.OO. Que os expliquen porque han firmado eso y ahora en época electoral acusan a otros al mismo tiempo que se fuerza para que les censuren y no pueda publicar su respuesta y documentarla, de forma que sólo os lleguen sus acusaciones infundadas.

Para poder terminar con este tipo de recortes de derechos sólo había una manera, proponer negociar un convenio nuevo y eso se consigue necesariamente mediante el proceso de denuncia del mismo.

Y habiendo denunciado UGT el convenio, y habiendo convocado UGT a las partes para constituir la mesa de negociación del nuevo Convenio, que expliquen a los trabajadores tanto la empresa como CC.OO. porqué de mutuo acuerdo hicieron dejación de sus obligaciones de sentarse a negociar de buena fe como la ley les impone tras ser convocados como parte. De esto, entre otras cosas tendrán que rendir cuentas, cuando corresponda, ante quien competa.

Por cierto, sobre los trienios, por fin saltó la liebre. Nos ha llegado desde Valencia información sobre el montaje que tiene preparado CC.OO. sobre los trienios. Por lo visto dicen que van a pedir una colecta para la capa del cura, y alguno ha dicho que pone el doble si le capa él. Y en ese evento van a pedir una recogida de firmas para que los de TES que no estén de acuerdo con que no les hayan pagado el trienio este año que firmen y entonces la empresa que es quien no se lo ha pagado diga, "Anda, ¿con que ahora me venís con firmas de los que no están conformes con que no les hayamos pagado el trienio este año? Pues siendo así muchachos, así sí, ahora mismo os lo pagamos inmediatamente, pero sólo porque CC.OO. ha conseguido un puñado de firmas, y oh casualidad ha ocurrido una semana antes de las elecciones de marzo que si no nada de nada".

Resulta un poco cómico mas propio de 13 Rue del percebe que de la tercera consultora IT de España. Tecnocom se merece unos representantes a la altura de esta empresa, y un departamento de personas igualmente a la altura de esta empresa. Un poquito de rigor y seriedad no vendrían mal. Y no olviden que lo que se cuenta en el ágora sobre el 75% de licenciados es cierto, por lo que ya que somos personas con estudios, al menos no nos tomen por tontos. Que una cosa es que estemos en silencio realizando nuestro trabajo, que una cosa es que estemos bajo la política del miedo, pero no, no estamos aquí por tontos precisamente.


jueves, 5 de febrero de 2015

La Verdad sobre los Trienios

Al menos desde ayer, nos consta fehacientemente que les ha llegado una orden clara y directa del Empresario. Como no puede ser de otra manera, la Compañía es y ha de ser absolutamente neutral en los procesos electorales.

Pero parece que algún mando intermedio en RRHH aún no se ha enterado y se empeña en preparar complots e intrigas palaciegas para inclinar la balanza hacia un lado o hacia otro.

La última que ha urdido la Troika, RRHH-CCOO-ASIT es culpar a otros de lo que ellos han firmado con la cláusula 1.7 del Convenio de TTE, TES y TSA 2013-2014 y asustan al personal de TES amenazándoles con que este año no van a cobrar antigüedad. Y dicen que la culpa de todo, tanto de esto como de que “Islero” cogiese a Manolete es de UGT.

Por hacerlo corto, que luego decís que nuestros comunicados son muy largos, que no hagáis ni caso a esta estrategia electoral sobre la antigüedad para que Comisiones consiga más votos. Ya tendrán acordado un acto de Conciliación en el que ellos te devuelvan la antigüedad de la que acusan a otros por haberla perdido y salvan al mundo. Se trata tan sólo de una estrategia electoral en connivencia con RRHH para que CC.OO consiga mas votos.

Es todo falso. De nuevo os están mintiendo los anti-representantes, con la ayuda de RRHH, que efectivamente no te habrán pagado en enero la antigüedad para poder escenificarte toda esta charada. Pero en cuanto se reclame han de ingresarte en nómina lo que te corresponde. Y para ello basta con que les pronuncies las palabras mágicas: “Convenio Estatal del Sector”. Por eso es tan importante hacer foco en los escenarios colectivos arriba, en el Sector en vez de en los acuerdos de despacho abajo en las empresas.

Lo que dice el 1.7 del Convenio Colectivo de empresa de Tecnocom
1.7 Disposición transitoria
Ambas partes establecen el 31 de diciembre de 2013 como fecha tope al objeto de alcanzar acuerdos en el conjunto de las materias antes citadas. Dicho plazo puede ser ampliado por acuerdo de las partes.

En caso de desacuerdo sobre la regulación de las materias antes descritas, ambas partes se obligan a someterse a un arbitraje en el sistema de solución autónoma de conflictos correspondiente.

En cualquier caso, llegado el 31 de diciembre de 2013, el presente convenio, en la regulación y con el contenido que tenga a dicha fecha, sustituirá íntegramente y dejará sin efecto las condiciones de cualquier clase que se contienen en los convenios colectivos que TTE, TES y TSyA hubieran venido aplicando con anterioridad. De esta forma, a partir del 1 de enero de 2014 el presente convenio será la única norma colectiva de referencia por la que se regirán las relaciones laborales en las empresas, quedando sin efecto la regulación de los anteriores convenios que, con carácter transitorio, se hubieran venido aplicando hasta el 31 de diciembre de 2013.

No obstante, cualquier mejora que quede reflejada en un convenio de ámbito superior, en cómputo anual, será reflejada en este convenio.

¿Y qué dice el “XVI CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADOS Y DE LA OPINIÓN PÚBLICA” ahora mismo en ultractividad y por lo tanto plenamente vigente?


Artículo 25. Complemento de Antigüedad.

1. Las bonificaciones por años de servicio, como premio de vinculación a la empresa respectiva, consistirán, en este orden, en cinco trienios del 5 por 100 cada uno del salario base pactado para su categoría en las tablas salariales del presente Convenio; tres trienios siguientes del 10 por 100 cada uno, y un último trienio del 5 por 100 del indicado salario.

2. No obstante, de acuerdo con lo pactado en el artículo 7.1, y en sus propios términos, aquellas empresas que vinieren satisfaciendo por el concepto de antigüedad un porcentaje por trienio superior a los indicados en el apartado anterior, los trabajadores a ellas vinculados y en activo en la fecha del 12 de febrero de 1981 continuarán manteniendo, a título personal, la condición más beneficiosa que vinieren disfrutando, sin que, en ningún caso, la acumulación de los incrementos por antigüedad pueda suponer más del 10 por ciento a los cinco años, del 25 por ciento a los quince años, del 40 por ciento a los veinte años y del 60 por ciento, como máximo a los veinticinco o mas años.

En el supuesto contemplado en el párrafo precedente, para los trabajadores que en el mismo se mencionan, y siempre con las limitaciones en él establecidas, la antigüedad no será absorbible en ningún caso.

3. Los trienios se devengaran a partir del 1 de enero del año en que se cumplan y todos ellos se abonarán, con arreglo a la última categoría y sueldo base de Convenio que tenga el trabajador.

Por lo tanto, aquellos trabajadores de TES que cumpláis trienio este año, debéis de cobrarlo, si no fuese así, comunicádnoslo por favor a UGT y procederemos a las acciones oportunas.

A mayor abundamiento, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 22 de diciembre de 2014, se ha pronunciado, por primera vez, sobre uno de los puntos más polémicos y más importantes de la reforma laboral de 2012: el de la pérdida de vigencia de los convenios colectivos y la determinación, en tal situación, del régimen jurídico de las relaciones laborales.

Sin entrar en el debate jurídico abierto, y yendo a las consecuencias prácticas de la sentencia, ¿ante qué situación nos encontramos? En síntesis, la doctrina del TS es que los derechos y obligaciones existentes en el momento de la pérdida de aplicabilidad del convenio han de considerarse subsistentes porque estarían incluidos, implícitamente, en los contratos individuales de trabajo. Por ello, deben seguir siendo de aplicación por la fuerza de obligar del contrato individual de trabajo, lo que no se opone a la pérdida de vigencia del convenio ordenada por el legislador.

Visto lo visto en este asunto, sólo hemos visto que tanto UGT como CGT están verdaderamente pensando y trabajando en defender tus derechos como trabajador. La Troika con los anti-representantes  de CC.OO. ASIT y RRHH, está más que vista y se les ve a la legua que andan pensando en otra cosa muy diferente a lo que es realmente defender los intereses de los trabajadores. Ya nadie les sigue el juego. Han perdido la poca credibilidad que les quedaba

Muy pronto vas a tener ocasión de poner a cada uno en su sitio cuando te acerques de forma libre directa y secreta a una urna.

Quien ha firmado ese artículo 1,7 ha sido CC.OO. y las personas a las que se abrió expediente de expulsión de UGT, y que ya no están en nuestro Sindicato y que ahora se presentan por ASIT para segur defendiendo a la empresa Los mismos que han firmado la muerte laboral de 175 trabajadores en condiciones peores que las que marca la ley ahora vienen mostrándose muy sensibilizados por 8 o 10 € al mes y lo hacen además culpando a otros.

En UGT lo que hemos hecho es atajar de raiz cualquier sombra de corruptelas y comportamientos indignos en un representante, y cortar de raíz los recortes constantes de derechos y clausulas abusivas que venían firmando en las distintas fase del convenio los anti-representantes de la Troika CC.OO-ASIT-RRHH. 



Cabe recordar que según las condiciones que tenemos en TTE, la antigüedad es absorbible. Cosa que no ocurre en TES. Este asunto ha sido denunciado y recurrido hasta llegar al Tribunal Supremo. Te adjuntamos la sentencia de Junio de 2013 relativa a la compensación/absorción de la antigüedad en Tecnocom TTE.

UGT consigue la absolución de un afiliado condenado a cárcel por participar en un piquete




Madrid ha conseguido que la Audiencia Provincial de Madrid absuelva al compañero Ángel Pablo Triguero Fernández, afiliado al sindicato y condenado a seis meses de cárcel por participar en un piquete informativo durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010. La Audiencia ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el afiliado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal Nº 26 de Madrid que le condenaba a seis meses de cárcel como autor de un delito de resistencia tipificado en el artículo 556 del Código Penal.
La Audiencia modifica los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal al considerar que el afiliado "lanzó una piedra contra un vehículo que se encontraba en el lugar, tras impactar contra el mismo rebotó y alcanzó al policía municipal, no resultado acreditado que pretendiera golpear al agente para menoscabar el principio de autoridad que en ese momento representaba ni que estuviera insultando a los agentes mientras lanzaba la piedra".
La sentencia considera, además, que "no cabe inferir la intención del autor del hecho de lanzar la piedra contra el agente con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que la Policía Municipal representaba". Por el contrario, "puede entenderse que el propósito del recurrente era golpear el automóvil, y que sin tener intención de ello, la piedra rebotó y alcanzó al policía que se encontraba cerca, no teniendo el mismo lesión alguna por este hecho". A este respecto, la Audiencia entiende que es ésta la interpretación que debe realizarse de los hechos, "y en aplicación del principio in dubio pro reo la misma excluye la intención de lesionar el principio de autoridad, y por lo tanto la comisión por parte del afiliado del delito de resistencia por el que ha sido condenado, por lo que con estimación del recurso, procede su libre absolución".
El fallo de la Audiencia Provincial es firme y contra él no cabe recurso alguno.
La sentencia da la razón a las tesis de UGT
De esta forma, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid está en la línea de las tesis mantenidas por UGT en su campaña en defensa de la libertad sindical y del derecho de huelga. La criminalización de los piquetes informativos ha supuesto que más de 300 sindicalistas tengan procesos abiertos por su participación en huelgas generales, y de estos, más de 85 son afiliados a UGT. Los piquetes informativos están reconocidos y avalados constitucionalmente. El propio Tribunal Constitucional declara su actividad “con funciones de información, propaganda, persuasión a los demás trabajadores para que se sumen a la huelga o disuasión a los que han optado por continuar trabajando”, y forma parte del contenido esencial del derecho de huelga.
Recientemente, cinco sindicalistas de MCA-UGT de ArcelorMittal han sido condenados a una pena conjunta de 21 años de prisión por atentar supuestamente contra el derecho de los trabajadores en unos sucesos similares ocurridos en la factoría de Veriña-Gijón durante la huelga general del 29 de mayo de 2012 (ver noticia).
A este respecto recordar que el próximo martes 10 de febrero, MCA-UGT y los Comités de Empresa de ArcelorMittal han convocado una concentración en Oviedo a las 18 horas frente a la sede de la Delegación del Gobierno en defensa de los cinco sindicalistas de ArcelorMittal condenados a prisión y en protesta por la criminalización que está haciendo el Gobierno del PP del derecho a la libertad sindical y del derecho de huelga.

miércoles, 4 de febrero de 2015

Tecnocom logra un contrato con Telefónica para servicios de gestión TIC por más de 10,5 millones

Tecnocom se ha adjudicado un contrato con Telefónica para prestar servicios de gestión de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) por un importe superior a los 10,5 millones de euros, según ha informado la firma tecnológica



En virtud del contrato, que tendrá una duración de dos años, Tecnocom se encargará de la gestión de ecosistemas, redes, productos y servicios de TELEFONICA (TEF.MC)Soluciones de Outsourcing.

En concreto, el contrato contempla la gestión de todos los servicios TIC que Telefónica presta a sus clientes, tanto en el área de grandes empresas, como en el segmento de negocios y pymes.

Así, la adjudicación incluye todo el ciclo de servicio desde la gestión, coordinación y soporte hasta el desarrollo de todos los servicios de datos, voz fija y puesto de trabajo, seguridad, optimización WAN, movilidad y TI.

Este servicio, sumado al resto de contratos de operaciones vigentes, convierte a Tecnocom en uno de los "principales" proveedores de operaciones de empresas de Telefónica de España y le consolida en una "posición preferente" en la internacionalización dentro de Telefónica de dichos servicios a otros países de América Latina, ha indicado el grupo español de tecnología de la información.





domingo, 1 de febrero de 2015

Fantasías 17: I Book on March / Libro en Marzo – Calendario Errático

Con la que está cayendo y hoy te venimos con una nota de humor.

Envió la empresa el 19 de enero un comunicado con los calendarios para el año 2015 y para Madrid enviaron el siguiente donde lo dicen bien claro, en Marzo no hace falta que vengas. Vienes 0 jornadas y te imputan 168,5 días en el SAP. Más que una semana blanca es un mes blanco.


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Ni que decir tiene que es una errata, todos nos equivocamos, y nosotros los primeros. Pero nos dio pie a bromear semana y pico hasta que ya lo han corregido. Las erratas que detectamos fueron que:

  •           En marzo ponía 0 y son 21 jornadas
  •           En agosto ponía 20 y son 21 jornadas
  •           En noviembre ponía 19 y son 20 jornadas

En fin que se les fue la mano con el Excel. Así quedaría según nuestros cálculos

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Tienes claro que según de qué tribu vengas antes de la compra por Tecnocom tendrás más o menos horas de libre disposición ya que vendrías de otro convenio colectivo diferente al de Consultoría de las 1.800 horas, salvo los de Open que sí venían de Consultoría.

Así las cosas,
  • Si provienes de Eurocomercial, este año tendrás 6 horas de libre disposición.
  • Si provienes de la antigua Tecnocom, la original, este año tendrás 20 horas de libre disposición.
  • Si provienes de Scorpion este año tendrás -2 (menos dos) horas de libre disposición en horario laboral, lo que viene a ser incrementar en 1 hora extra tu jornada anual.
  • Si provienes de Open Solutions incrementarás tu jornada anual en 7 horas.

¿De dónde salen estas cuentas tan misteriosas? Muy fácil.


Si no te cuadran las horas de vacaciones las cuentas salen de considerar que de los 22 días que tienes derecho a vacaciones 11 los tomas en jornada de verano de 7 horas y 11 en jornada de invierno de 8 horas.  165 = (11*8+11*7). “Es que yo me las tomo todas en Agosto y sólo consumo 7 horas”, ya y habrá quien le guste esquiar y se las toma todas en invierno, pero eso sólo lo sabrás realmente al acabar el año y como el calendario hay que publicarlo antes de que se soliciten y se sepan realmente cuando se las toma cada cual y como el cálculo ha de ser colectivo y válido para todos, te las tomes cuando te las tomes este es el cálculo que se ha venido utilizando todos estos años, y del que hasta ahora nadie te había informado. Pues ahí lo tienes, para las vacaciones se considera a todos los efectos que consumes 165 horas.


“¿Oye, y si soy de TES?”. Pues mira, hay quien te lo enfoca por el apartado “2.2 Colectivo TES” del Convenio, de aquello de una bolsa de 50 horas de cuando teníais jornada intensiva de junio a septiembre, y 50 menos 12 dicen que son 38. Y si lo ha dicho Blas, punto redondo. ¿Dónde está la bolita, aquí o aquí?

Nosotros en UGT te lo enfocamos por el apartado “2.1 Jornada laboral y Horarios” donde se dice que el personal de TES tendrá una jornada máxima anual de 1785 horas, menos las 1.788 horas disponibles en el calendario de este año y eliminando las 12 horas por las medidas de ahorro y sumando las 50 horas de la bolsa del apartado 2.2 del Convenio se quedan en 41 horas, que es lo que te corresponde este año si vienes de TES y no en 38 como defienden la empresa y quien habla en su nombre. Te acaban de escamotear 3 horas, y tu chitón, que multiplicadas por 2.272 trabajadores que hay en TES se traduce en varios cientos de miles de Euros mal anotados en la cuenta de resultados, ¿y si no van a la cuenta de Gastos de Personal (cuenta 640 Sueldos y Salarios), a dónde van?

Esto ya está todo inventado, es una calculadora Excel, no hay que pensar. Sólo hay que meter en una celda las horas del convenio y decirle a los trabajadores la verdad.

“La jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, será de 1.785 horas anuales para personal de TES y de 1.800 para el personal de TTE y TSyA.”


Sobre las 12 horas a restar por medidas de ahorro en el ERE 2014 estás de suerte porque su aplicación era por dos años, así que éste será el último en que te aplique aquella medida miserable que utilizaron para hacerte cómplice del despido de 175 compañeros.

Acuérdate, primero te amenazaron con bajarte el sueldo un 10%, e inmediatamente a continuación te dijeron que como eran tan buenos negociadores que en vez de eso habían conseguido que solamente te redujesen tus horas de libre disposición en 12 horas, pero que como era una medida que afectaba a todos, tenían que hacer la consulta a 5.000 personas. Así que te preguntan que qué te parece, y tu piensas que si en vez de que te corten un brazo te cortan una uña pues que no está tan mal, tu nivel de ingresos es el mismo a fin de mes, así que vas y votas que sí, que te parece bien, pensando en lo que a ti te impacta de esa consulta. Y lo que estás firmando es el despido inmediato de 175 compañeros en condiciones peores que las que marca la ley. Te acaban de hacer cómplice de una de trileros, ¿dónde está la bolita?. Para colmo la consulta que hicieron en la asamblea les sale rana y no consiguen la mayoría de votos favorables de la totalidad de los trabajadores, pero como vosotros sois de ciencias y eso de leeros las leyes que dictan vuestros derechos es un ladrillo y son muy largas, apechugais, os dicen que han salido la mayoría de los que han votado, pues vale, os han vuelto a tomar el pelo. No es cierto que para ratificar un acuerdo en asamblea se requiera la mayoría de los presentes (los que votan). El artículo 80 deja claro que se requiere la mayoría de la totalidad de los trabajadores.

Artículo 80. Votaciones.
Cuando se someta a la asamblea por parte de los convocantes la adopción de acuerdos que afecten al conjunto de los trabajadores, se requerirá para la validez de aquéllos el voto favorable personal, libre, directo y secreto, incluido el voto por correo, de la mitad más uno de los trabajadores de la empresa o centro de trabajo.

Oye, pero nada, vosotros a lo vuestro, no levantéis la cabeza de la mesa. Estos representantes que acostumbran a engañaros y a tomaros el pelo, lejos de dimitir se siguen presentando en cabeza de lista por CC.OO. para ser reelegidos y los que hemos expulsado de UGT por, entre otras cosas, este tipo de prácticas han montado un nuevo sindicato in-dependiente con la empresa llamado aSIT. Así que vosotros veréis. Todos. De vosotros depende. Tenemos los representantes que nos merecemos.

Cuando llegue el momento haz lo que tengas que hacer según tu conciencia delante de una urna. El voto es libre, directo y secreto, por lo que no hay miedo a las represalias al ejercer ese acto personal. Las personas honestas e integras se visten por los pies.